Elección Delegados Departamentales Al Consejo Asesor
Fecha de Entrada en Vigor | 23 de Marzo de 2017 |
Emisor | COLEGIO DE ODONTÓLOGOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN |
Fecha de la disposición | 20 de Febrero de 2017 |
COLEGIO DE ODONTÓLOGOS
DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN
ELECCIÓN DELEGADOS
DEPARTAMENTALES AL
CONSEJO ASESOR
La Mesa Directiva del Colegio de Odontólogos de la Provincia de Santa Fe 2da. Circunscripción, pone a conocimiento de sus colegiados, que próximo a finalizar el mandato del Consejo Asesor y demás autoridades de este Colegio, corresponde, según lo determina el Art. 5to de la Ley 3950 a su renovación total.
* El Acto Eleccionario, ha sido fijado para el día Jueves 6 de Abril de 2017, en el horario de 8:00 a 18:00 hs. y habilitando para votar personalmente también en los cinco días hábiles anteriores en el horario de 8:00 a 13:00 hs. en la sede del Colegio 9 de Julio 1668 - Rosario y por correspondencia.
* Los Delegados Departamentales a designar por el período 2017-2020, lo serán en la siguiente cantidad, para los distintos DEPARTAMENTOS, que a continuación se detallan:
DEPARTAMENTO BELGRANO: 4 Titulares y 2 Suplentes.
DEPARTAMENTO CASEROS: 5 Titulares y 3 Suplentes.
DEPARTAMENTO CONSTITUCIÓN: 5 Titulares y 3 Suplentes.
DEPARTAMENTO GRAL. LÓPEZ: 6 Titulares y 3 Suplentes
DEPARTAMENTO IRIONDO: 4 Titulares y 2 Suplentes
DEPARTAMENTO ROSARIO: 9 Titulares y 5 Suplentes
DEPARTAMENTO SAN LORENZO: 6 Titulares y 3 Suplentes
* Todo colegiado, en pleno ejercicio de sus derechos, podrá avalar con otros cuatro colegiados, una Lista de candidatos por su Departamento, la que a los efectos de la oficialización, deberá ser presentada a la Junta Electoral, con una anticipación de 20 días a la fecha del Acto Eleccionario, habiéndose fijado como vencimiento para dicha presentación, el día Viernes 17 de Marzo de 2017 a las 13:00 hs.
* Los candidatos designados, deberán formular por escrito su aceptación al cargo.
* Sólo serán válidos, los votos que se emitan para los CANDIDATOS, cuyos NOMBRES Y APELLIDOS, figuren en las listas oficializadas, en las condiciones arriba mencionadas.
* La Elección es por simple pluralidad de votos, no por lista completa, por lo que es válida la tacha y la incorporación de candidatos...
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