Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 3 de Septiembre de 2021, expediente CCF 009293/2020/CA001

Fecha de Resolución 3 de Septiembre de 2021
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

Causa n° 9293/2020/CA1 "E.M., F. G. c/ Obra Social del Poder Judicial de la Nación s/ amparo de salud”. Juzgado nº 7,

Secretaría nº 13.

Buenos Aires, 3 de septiembre de 2021.-

VISTO: el recurso de apelación interpuesto por la Obra Social del Poder Judicial de la Nación el 18 de mayo de 2021,

concedido el 21 de mayo de 2021 en ambos efectos, contra la resolución del 17 de mayo de 2021, el que fue contestado por la actora el 2 de agosto de 2021; y los recursos interpuestos por ambas partes contra los honorarios regulados a favor de la letrada patrocinante del accionante; y CONSIDERANDO:

  1. El 28 de diciembre de 2020 el señor F.G.E.M., por entonces de 74 años., inició la presente acción de amparo -con medida cautelar- contra la Obra Social del Poder Judicial de la Nación (OSPJN), con el fin de obtener la cobertura del 100 % de los materiales necesarios para proceder a la realización de una artroplastia total de cadera no cementada. Ello con fundamento en la indicación de su médico tratante, Dr. F.J.B., conforme se desprende del resumen de la historia clínica emitida por el Hospital Universitario Austral (ver documentación adunada al escrito de demanda en el sistema LEX100).

    Relató que padece una necroartrosis en plan de RTC

    derecha, con destrucción osteocartilaginosa total de la zona de carga y acortamiento del miembro, por lo que su movilidad se encuentra reducida en un 80%; Refirió que en función de ello su médico le indicó la cirugía precedentemente individualizada y prescribió la colocación de la prótesis marca S. (USA). Informó que se Fecha de firma: 03/09/2021

    Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

    solicitó a la demandada la cobertura en cuestión el 30 de septiembre de 2020 y que un mes después la accionada respondió indicándole que debía presentarse una nueva prescripción sin sugerir marca comercial,

    situación que fue cumplida al día siguiente. Enfatizó que el 4 de noviembre de 2020 la emplazada le anotició que cubriría una prótesis de distinta marca a la indicada (Dupuy Synthes J&J), por lo que el 6

    de noviembre de 2020, el médico la rechazó.

    Así las cosas, manifestó que presentó una nota ante la obra social ofreciendo el pago de la diferencia de costo entre una y otra prótesis ($9814,88), sin obtener respuesta positiva. En el...

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