Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 6 de Mayo de 2021, expediente COM 023823/2019/CA001

Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2021
EmisorCamara Comercial - Sala D

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D

23823/2019 EDITORIAL SARMIENTO S.A. LE PIDE LA QUIEBRA

FREDRIKSSON, M.P..

Buenos Aires, 6 de mayo de 2021.

  1. Las presentes actuaciones fueron elevadas -a través de un pase electrónico en el Sistema de Gestión Judicial Lex 100- a los fines de entender en los recursos deducidos contra la regulación de honorarios efectuada el día 25 de noviembre de 2020.

  2. La regulación de honorarios habrá de efectuarse con el arancel vigente al momento en que las tareas profesionales objeto de retribución fueron cumplidas (esta Sala, 13.3.18, “Skillmedia S.R.L. c/ Estudio ML S.A.

    s/ ordinario”, expte. n° 36208/2015).

    Sin embargo, toda vez que la actual normativa arancelaria no contiene pautas retributivas para los pedidos de quiebra, habrá de tenerse en cuenta, a tales efectos, la doctrina del fallo plenario “Flota Mercante del Estado de la República del Paraguay c/ S.A.C.

    1. Maderera” del 31.8.56, que se comparte.

    Sentado ello, con dichos parámetros, estímase en 39,99 UMA,

    equivalentes a la fecha a $ 166.038,48 (ciento sesenta y seis mil treinta y ocho pesos con cuarenta y ocho centavos), el honorario para el letrado apoderado del peticionario de la quiebra, F.M.S. (arts. 16,

    inc. b y ss., y 20, ley 27.423 y Acordada CSJN 7/21).

    Fecha de firma: 06/05/2021

  3. N. electrónicamente, cúmplase con la comunicación Firmado por: P.D.H., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: H.P., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: G.G.V., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.R.G., JUEZ DE CAMARA

    ordenada por la Corte Suprema de...

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