Edictos Judiciales - Remates - Convocatorias, Licitaciones - Avisos

Fecha de publicación29 Agosto 2017
Número de Gaceta12754
SecciónSección General
BOLETIN OFICIAL PAGINA 11
Martes 29 de Agosto de 2017
ción Nº 56/17-AGRH-IPA.
Artículo 5º.- DETERMINASE que el canon a abonar
correspondiente al Uso abastecimiento humano en
emprendimientos privados, es de 0,02 M por m3, siendo
el valor del MODULO (M), equivalente al precio del litro
de Euro Diesel en boca de expendio Automóvil Club Ar-
gentino, sede Trelew, al momento de devengado el ca-
non, conforme resolución Nº 56/17-AGRH-IPA.
Artículo 6º.- EL PAGO se realizará en el Banco Chubut
S.A.; mediante obtención de boleta (sigla AB) de pago
canon de agua, emitido por la Dirección de Rentas de la
Provincia del Chubut o ingresando a la página Web,
www.chubut.gov.ar/dgr.
Artículo 7°.- ESTABLECESE que el pago del canon,
retroactivo a la fecha de presentación de solicitud de
permiso, en todos los casos, se abonará semestral-
mente del 1ro al 10mo día del mes siguiente al semestre
liquidado, comenzando a computarse el primer semes-
tre desde el mes siguiente a la fecha de notificación del
permiso. El incumplimiento del pago en término generará
intereses moratorios que se calcularán en base a la
Tasa Activa del Banco del Chubut SA para sus opera-
ciones ordinarias de descuento a 30 (treinta) días, al
tiempo de vencimiento de la obligación y hasta el efecti-
vo pago.
Artículo 8°.- HÁGASE saber que, conforme al Ar-
tículo 115 Ley XVII-N° 53 antes Ley N° 4148 Código de
Aguas, el presente permiso no implica autorización
para efectuar obras hidráulicas sin la autorización
debida.
Artículo 9°.- LA PRESENTE resolución de aproba-
ción, no exime al titular del emprendimiento de solicitar
las autorizaciones que sean pertinentes para ejecutar
el presente proyecto.
Res. Nº 75 17-08-17
Artículo 1°.- OTORGASE Permiso de Uso de Aguas
Públicas proveniente del Canal Comunero, abastecido
desde el Terciario 2 del secundario V, a favor del Sr.
RAIMUNDO DARIO HERNANDEZ, en los Términos de la
Ley XVII- Nº 53, conforme las condiciones que estable-
ce la presente Resolución.
Artículo 2°.- EL PERMISO otorgado en el Artículo 1°
es exclusivamente para ser utilizado en un caudal aproxi-
mado de 412.776,00 m3/año (1,02 l/has) para su utiliza-
ción de riego de 13,00 hectáreas, durante los meses de
septiembre a marzo de cada año y un caudal aproxima-
do de 365,00 m3/año para su utilización en la actividad
desarrollada con la cría de 10,00 animales, por un perio-
do de cinco años, en el predio individualizado como:
Fracción 2, Chacra 33, Ejido Sarmiento, Departamento
de Sarmiento, Provincia del Chubut.
Artículo 3°.- LA VIGENCIA del permiso otorgado será
de CINCO (5) años a partir de la notificación de la pre-
sente y podrá renovarse por períodos iguales mientras
dure la explotación. Asimismo, el Instituto Provincial del
Agua reserva el derecho de revocarlo en cualquier
momento, (Artículo 39° Ley XVII-N° 53 antes Ley N° 4148
Código de Aguas).
Artículo 4°.- DETERMINASE que el canon a abonar
correspondiente al Uso Agrícola, a la fecha de la pre-
sente Resolución, es de 10 M por Ha. por año, siendo
el valor del MODULO (M), equivalente al precio del litro
de Euro Diesel en boca de expendio Automóvil Club
Argentino, sede Trelew, al momento de devengado el
canon por hectárea efectivamente regada, conforme
Resolución N° 56/17-AGRH-IPA.
Artículo 5º.- DETERMINASE que el canon a abonar
correspondiente al Uso Pecuario, es de 0,01 M por m3,
siendo el valor del MODULO (M), equivalente al precio
del litro de Euro Diesel en boca de expendio Automóvil
Club Argentino, sede Trelew, al momento de devenga-
do el canon, conforme Resolución N° 56/17-AGRH-IPA.
Artículo 6º.- EL PAGO se realizará en el Banco
Chubut S.A; mediante obtención de boleta (sigla AB)
de pago canon de agua, emitido por la Dirección de
Rentas de la Provincia del Chubut o ingresando a la
página Web, www.chubut.gov.ar/dgr.
Artículo 7°.- ESTABLECESE que el pago del canon,
retroactivo a la fecha de presentación de solicitud del
permiso, en todos los casos, se abonará semestral-
mente del 1ro al 10mo día del mes siguiente al semestre
liquidado, comenzando a computarse el primer semes-
tre desde el mes siguiente a la fecha de notificación del
permiso. El incumplimiento del pago en término genera-
rá intereses moratorios que se calcularán en base a la
Tasa Activa del Banco del Chubut SA para sus opera-
ciones ordinarias de descuento a 30 (treinta) días, al
tiempo de vencimiento de la obligación y hasta el efec-
tivo pago.
Artículo 8°.- HÁGASE saber que, conforme al Ar-
tículo 115 Ley XVII-N° 53 antes Ley N° 4148 Código de
Aguas, el presente permiso no implica autorización
para efectuar obras hidráulicas sin la autorización
debida.
Artículo 9°.- LA PRESENTE resolución de aproba-
ción, no exime al titular del emprendimiento de solicitar
las autorizaciones que sean pertinentes para ejecutar
el presente proyecto
Sección General
EDICTO JUDICIAL
La Señora Jueza Letrada de Primera Instancia del
Juzgado de Ejecución N° 2 de la Circunscripción Judi-
cial del Noreste del Chubut, con asiento en la ciudad de
Trelew, Dra. María Andrea García Abad, cita y emplaza
por treinta días a herederos y acreedores de CASTRO
LUIS HORACIO mediante edictos que se publicarán por
Tres días, bajo apercibimiento de ley.
Trelew, agosto 18 de 2017.-
MARIELA V. GOTTSCHALK
Secretaria
I: 25-08-17 V: 29-08-17

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