Edictos del día 11/07/2006

Fecha de la disposición11 de Julio de 2006

PARTICULARES

Retiro de restos

Se comunica a los deudos fallecidos que se encuentran en la bóveda ubicada Sección 4, Parcela doce, Tablón C del Cementerio de Flores, que deberán retirarlos dentro de los cinco (5) días de la fecha. En caso contrario se solicitará a la Dirección General de Cementerios la cremación y posterior destino de las cenizas.

Solicitante: Minerva C. De Sando

viuda de Prete

EP 69

Inicia: 6-7-2006 Vence: 12-7-2006

Retiro de restos

Se comunica a los deudos de los fallecidos que se encuentran en la bóveda ubicada Sección 5º, Manzana 9, Tablón 12, Lotes 25 y 26 del Cementerio de la Chacarita que deberán retirarlos dentro de los quince (15) días de la fecha. En caso contrario se solicitará a la Dirección General de Cementerios la cremación y posterior destino de las cenizas.

Solicitante: Horacio A. Villa

EP 71

Inicia: 11-7-2006 Vence: 17-7-2006

Transferencia de habilitación

Ultrasónica S.R.L., con domicilio en Helguera 4050, transfiere la habilitación otorgada para local sito en calle Helguera 4050/4062/4072 de la Ciudad de Buenos Aires, que funciona como taller mecánico (tornería) hasta 10 CV de potencia instalada y soldadura eléctrica otorgada por Expediente Nº 95.180/70, a Rómulo A. Barberis e Hijos S.A. con domicilio en Helguera 4050/62/72. Domicilio legal y reclamos de ley en Helguera 4050 de Capital Federal.

Solicitante: Alberto Alberici

EP 70

Inicia: 7-7-2006 Vence: 13-7-2006

MINISTERIO DE HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Notificación

RESOLUCIÓN Nº 2.439-DGR/06.

  1. C. Nº 137.539-DGR/05 e inc. C.I. Nº 127.594-DGR/06.

Buenos Aires, 21 de junio de 2006.

Vistas las presentes actuaciones relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones impositivas de Rektel S.A., con domicilio fiscal en la Av. Pte. Roque Sáenz Peña 1160 piso 6º, Depto. "B", con domicilio en la calle Vidal 1709/11 y con domicilio en la calle Cerviño 4624 (domicilio del Presidente de la firma Sr. De Teleki Tibor J., todos de esta ciudad, inscripta en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos bajo el Nº 995418-10 y (CUIT 30-68894281-7), cuya actividad sujeta a tributo consiste en venta de pollos a las brasas -delivery, de las que resulta:

Que, verificada la situación fiscal del contribuyente, frente a sus obligaciones por el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, la inspección interviniente constató la existencia de ajustes a favor de este Fisco, por los períodos fiscales 1999 (12 ant. mens.); 2000 (1° a 12 ant. mens.); 2001 (1° a 12 ant. mens.); 2002 (1° a 12 ant. mens.); 2003 (1° a 12 ant. mens.); 2004 (1° a 12 ant. mens.) y 2005 (1° a 8° ant. mens.).

Que no habiendo aportado la contribuyente documentación alguna, las diferencias de verificación fueron establecidas en autos sobre la base de los Débitos Fiscales del I.V.A. extraídos del sistema informático de la A.F.I.P. (fs. 27 a 37) correspondientes a los períodos 3° a 9° y 11 y 12 de 2003, 1° a 11° de 2004, importes a partir de los cuales se procedió a aplicar coeficientes progresivos – regresivos para los anticipos mensuales 12 de 1999, 1° a 12 de 2000, 1° a 12 de 2001, 1° a 12 de 2002, 1°, 2º y 10 de 2003, 12 de 2004 y 1° a 8 ° de 2005.

Por todo lo expuesto; el presente procedimiento se realiza sobre base presunta.

Que por tal motivo, se confeccionaron las correspondientes planillas de diferencia de verificación, conteniendo las liquidaciones respectivas, por los períodos observados, que son los antes detallados.

Que por estas razones, se inició en autos el procedimiento de determinación de oficio e instrucción de sumario, mediante Resolución N° 915-DGR/06, de fecha 8/2/06 (fs. 151/152 de la C.I. Nº 137.539-DGR/05), extendiéndose la responsabilidad en forma solidaria respecto del cumplimiento de las obligaciones fiscales al Presidente de la firma Sr. De Teleki Tibor J.

Que, corrido formal traslado de ley, de conformidad con las cédulas de notificación (fs. 163/164/165 de la C.I. Nº 137.539-DGR/05) y mediante publicación de edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires desde fecha 31 de marzo de 2006 al 4 de Abril de 2006 (fs. 23/24 de la C.I. Nº 127.594-DGR/06), ni la imputada ni el responsable solidario presentaron descargo ni ofrecieron pruebas tendientes a hacer valer sus derechos. Y

CONSIDERANDO:

Que, analizadas las constancias de autos corresponde resolver definitivamente en esta instancia, teniendo en cuenta que mediante...

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