Edictos del día 14/03/2006
Fecha de la disposición | 14 de Marzo de 2006 |
PARTICULARES
CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA
Tribunal de Ética Profesional
Citación
El Tribunal de Ética Profesional del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cita y emplaza a los doctores licenciados en administración Juan Carlos Mazzella (T° 23 F° 17) y Agustín Mario Mazzella (T° 23 F° 14) por tres días, a efectos de que comparezcan dentro del término de cinco días contados a partir de la última publicación, con el objeto de que contesten ampliación de traslado en el Expediente N° 19.939 y produzca descargos, bajo apercibimiento de decretarse su rebeldía. Dichas actuaciones tramitan por ante la Sala 3ª del Tribunal de Ética Profesional, calle Viamonte 1465 - 3° piso, Secretaría de Actuación.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 8 de marzo de 2006.
Solicitante: Aurora Quinteros de Caló
Secretaria de Actuación
EP 19
Inicia: 13-3-2006 Vence: 15-3-2006
SECRETARÍA DE PRODUCCIÓN, TURISMO Y DESARROLLO SUSTENTABLE
DIRECCIÓN GENERAL DE HIGIENE URBANA
Intimación
Nota N° 12.200-DGHUR/05.
Intímase al propietario del inmueble sito en la calle Asunción 4722 a realizar la reparación de acera, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.
Gabriela Faustinelli de Vanoli
Directora General
EO 126
Inicia: 9-3-2006 Vence: 15-3-2006
Intimación
Registro N° 703-DGAPyL/05.
Intímase al propietario del inmueble sito en la calle Venezuela 910, a realizar la construcción de cerca reglamentaria, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540, AD 470.2, la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de...
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