Edictos del día 30/04/2004

Fecha de la disposición30 de Abril de 2004

PARTICULARES

Retiro de Restos

Se comunica a los deudos que tengan restos de familiares en los Lotes 28 y 29, Tablón 10, Manzana 9, Sección 5, del Cementerio de la Chacarita (a nombre de las señoras Norma Delia Giudici y Alicia Aída Giudici de Solari), que deberán retirarlos dentro de los cinco (5) días de la fecha, en caso contrario se solicitará a la Dirección General de Cementerios la cremación y el posterior destino de las cenizas.

Solicitantes: Norma Delia Giudici y Alicia Aída Giudici de Solari

EP 35

Inicia: 26-4-2004 Vence: 30-4-2004

Retiro de Restos

Se comunica a los deudos de familiares que se encuentran inhumados en la bóveda Bovena Morea en la Sección 15, Fracciones 6, 7, 8, 9 y 10 del N° 18 más sobrante anexado, del Cementerio de Recoleta a retirar los mismos en el término de 15 días de la fecha, caso contrario se solicitará a la Dirección General de Cementerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cremación y el posterior destino de las cenizas.

Solicitantes: Jardín del Pilar S.R.L.

EP 36

Inicia: 27-4-2004 Vence: 3-5-2004

Retiro de Restos

Se comunica a todos los deudos que tengan restos de familiares en la bóveda de la familia Vázquez Iglesias, ubicada en el Cementerio del Norte Recoleta Sección 8, Tablón 7, Sepultura 1, que deberán retirarlos dentro de los cinco (5) días de publicada la presente, en caso contrario se solicitará a la Dirección General de Cementerios la cremación y el posterior destino de las cenizas.

Solicitante: Federico Iribarren

EP 37

Inicia: 28-4-2004 Vence: 4-5-2004

SECRETARÍA DE PRODUCCIÓN, TURISMO Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Dirección General de Higiene Urbana

Intimación

Nota Nº 12.004/DGHUR/04.

Intímase al propietario del inmueble sito en la calle Arenales 2599 (esq. Ecuador 1507), a realizar la reparación de acera, construcción de cerca reglamentaria, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el Art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Gabriela Faustinelli de Vanoli

Directora General

EO 201

Inicia: 26-4-2004 Vence: 30-4-2004

Intimación

Nota Nº 11.334/DGHUR/03.

Intímase al propietario del inmueble sito en la calle María Remedios del Valle 3515/17, a realizar la reparación de acera, construcción de cerca reglamentaria, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el Art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Gabriela Faustinelli de Vanoli

Directora General

EO 202

Inicia: 26-4-2004 Vence: 30-4-2004

Intimación

Nota N° 11.389/DGHUR/03.

Intímase al propietario del inmueble sito en la calle Alfredo R. Bufano 1778, a realizar el desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el Art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.

Gabriela Faustinelli de Vanoli

Directora General

EO 213

Inicia: 27-4-2004 Vence: 3-5-2004

SECRETARÍA DE JUSTICIA Y SEGURIDAD URBANA

Dirección General Control de Calidad Ambiental

Intimación

Intímase al propietario del inmueble sito en Vidal 3661, referente al Registro Nº 971/CGP13/02, a realizar la desratización e higienización del mismo, como así también la reparación de la acera y construcción del cerco reglamentario, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza Nº 33.581 (B.M. Nº 15.540), A.D. 470.2, el que establece que "Todo propietario de terreno total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, seguridad y estética" y la Ordenanza Nº 33.721, (B.M. Nº 15.590), A.D. 640.9, la que establece que: "la responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento y conservación de veredas, compete al propietario frentista", bajo apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Diego A. Martínez

Director General

José N. Vispo

a/c Área Control de Plagas

EO 203

Inicia: 26-4-2004 Vence: 30-4-2004

Intimación

Intímase al propietario del inmueble sito en Independencia 2452, referente al Registro Nº 7.082/DGCCA/03, a realizar la desratización e higienización del mismo, como así también la reparación de la acera y construcción del cerco reglamentario, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza Nº 33.581 (B.M. Nº 15.540), A.D. 470.2, el que establece que "Todo propietario de terreno total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, seguridad y estética" y la Ordenanza Nº 33.721, (B.M. Nº 15.590), A.D. 640.9, la que establece que: "la responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento y conservación de veredas, compete al propietario frentista", bajo apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.

Diego A. Martínez

Director General

José N. Vispo

a/c Área Control de Plagas

EO 204

Inicia: 26-4-2004 Vence: 30-4-2004

Intimación

Intímase al propietario del inmueble sito en Zuviría 4180, referente al Registro Nº 7.893/DGCCA/03, a realizar la desratización e higienización del mismo, como así también la reparación de la acera y construcción del cerco reglamentario, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza Nº 33.581 (B.M. Nº 15.540), A.D. 470.2, el que establece que "Todo propietario de terreno total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, seguridad y estética" y la Ordenanza Nº 33.721, (B.M. Nº 15.590), A.D. 640.9, la que establece que: "la responsabilidad primaria y principal de la construcción...

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