EDICTOS del día 12/06/2003
Fecha de la disposición | 12 de Junio de 2003 |
SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y PLANEAMIENTO URBANO
Dirección General de Higiene Urbana
n Intimación
Nota N° 20.047/DGSP/99.
Intímase al propietario del inmueble sito en la calle Humboldt 2425, a realizar la reparación de acera, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el Art. 11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.
Gabriela Faustinelli de Vanoli
Directora General
EO 334
Inicia: 10-6-2003 Vence: 17-6-2003
n Intimación
Nota N° 854/CGP14O/01.
Intímase al propietario del inmueble sito en la Av. Juan B. Justo 1959, a realizar la reparación de acera, construcción de cerca reglamentaria, desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el Art.11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.
Gabriela Faustinelli de Vanoli
Directora General
EO 335
Inicia: 10-6-2003 Vence: 17-6-2003
n Intimación
Nota N° 11.493/DGHUR/01.
Intímase al propietario del inmueble sito en la calle Bogotá 849, a realizar el desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el Art.11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.
Gabriela Faustinelli de Vanoli
Directora General
EO 336
Inicia: 10-6-2003 Vence: 17-6-2003
n Intimación
Nota N° 11.195/DGHUR/99.
Intímase al propietario del inmueble sito en la calle Loyola 1142, a realizar el desmalezamiento e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el Art.11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo...
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