Edictos del día 02/01/2002

Fecha de la disposición 2 de Enero de 2002

CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

TRIBUNAL DE ÉTICA PROFESIONAL

"El Tribunal de Ética Profesional del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cita y emplaza a la Dra. Contadora Pública Nélida Angélica Maslak (T° 141 F° 213) por tres días, efectos de que comparezca dentro del término de cinco días contados a partir de la última publicación, con el objeto de que conteste traslado en el Expediente N° 19.900 y produzca descargos, bajo apercibimiento de decretarse su rebeldía. Dichas actuaciones tramitan por ante la Sala 3a Tribunal de Ética Profesional calle Viamonte 1465, piso 3°, Secretaría de Actuación".

Ciudad de Buenos Aires, 20 de diciembre de 2001.

Solicitante: Roberto C. Macho

Presidente Sala 3a

EP 52

Inicia: 28-12-2001 Vence: 3-1-2002

SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO

DIRECCIÓN GENERAL DE HIGIENE URBANA

Intímase al propietario del inmueble sito en la calle Mendoza 3375, a realizar la higienización, desmalezamiento y reparación de aceras del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por Art.11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa. (NOTA N° 11.233-DGHUR-99)

Gabriela Faustinelli de Vanoli

Directora General

EO 715

Inicia: 26-12-2001 Vence: 3-1-2002

Intimación

Intímase al propietario del inmueble sito en la Calle Tilcara 2988/90, a realizar la higienización, desmalezamiento, reparación de acera y construcción de cerca reglamentaria del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por Art.11 de la Ordenanza N° 33.581, B.M. N° 15.540 AD 470.2 la que establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa. (NOTA N° 30.119-DGSP-97)

Gabriela Faustinelli de Vanoli

Directora General

EO 716

Inicia: 26-12-2001 Vence: 3-1-2002

SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS

DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

La Dirección General de Compras y Contrataciones...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR