Edictos del día 15/11/2001
Fecha de la disposición | 15 de Noviembre de 2001 |
ASOCIACIÓN SOCORROS MUTUOS FF.AA.
La Asociación Socorros Mutuos FF.AA. comunica a los deudos de los afiliados cuyos restos en ataúd se encuentren averivados y/o con permanencias vencidas deberán proceder a su retiro del Cementerio de la Chacarita dentro de los cinco (5) días de la fecha caso contrario se solicitará a la Dirección General de Cementerios su cremación y ulterior destino de las cenizas.
Solicitante: Asociación Socorros Mutuos FF.AA.
EP 41
Inicia: 12-11-2001 Vence: 16-11-2001
TRANSFERENCIA DE HABILITACIÓN
"Cosmo Comunicaciones S.A. dom. Virrey del Pino 1739, 10 B, Capital Federal Transfiere Telecentro Scalabrini sito en Scalabrini Ortiz 2483 Capital Federal a Sociedad de Hecho Lopez Gloria María, Escorza Noelia Vanina y Villar Norberto Luis".
Solicitantes: Gloria M. López,
Vanina Escorza y Norberto L. Villar
EO 43
Inicia: 15-11-2001 Vence: 19-11-2001
SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
Dirección General Controlde la Calidad Ambiental
Intimación
Intímase al propietario del inmueble sito en la Av. Independencia 1368 y 1370, referente a la Nota Nº 11.298-DGCCA-00, a realizar la desratización e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el Artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540), AD 470.2, el que establece que: "Todo propietario de inmueble está obligado a mantenerlo en buenas condiciones de higiene, seguridad y estética" y la Ordenanza N° 33.721, (B.M. N° 15.590), AD 640.9, la que establece que: "La responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento, y conservación de las veredas, compete al propietario frentista", bajo apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa."
Diego A. Martínez
Director
Ángel Cosentino
a/c. Área Control de Plagas
EO 598
Inicia: 9-11-2001 Vence: 15-11-2001
Intimación
Intímase al propietario del inmueble sito en la calle Del Barco Centenera 1481, referente al Reg. Nº 27-DGCGPZV-98, a realizar la desratización e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el Artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540), AD 470.2, el que establece que: "Todo propietario de inmueble está obligado a mantenerlo en buenas condiciones de higiene, seguridad y estética" y la Ordenanza N° 33.721, (B.M. N° 15.590), AD 640.9, la que establece que: "La responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento, y conservación de las veredas, compete al propietario frentista", bajo apercibimiento de aplicación de multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa".
Diego A. Martínez
Director
Ángel Cosentino
a/c. Área Control de Plagas
EO 599
Inicia: 9-11-2001 Vence: 15-11-2001
Intimación
Intímase al propietario del inmueble sito en la calle Arenales 1582, referente al Expte. Nº 16.716/00, a realizar la desratización e higienización del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el Artículo 11 de la Ordenanza N° 33.581 (B.M. N° 15.540), AD 470.2, el que establece que: "Todo propietario de inmueble está obligado a mantenerlo en buenas condiciones de higiene, seguridad y estética" y la Ordenanza N° 33.721, (B.M. N° 15.590), AD 640.9, la que establece: "La responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento, y conservación de las veredas, compete al propietario frentista", bajo...
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