Edictos del día 29/12/1998
Fecha de la disposición | 29 de Diciembre de 1998 |
INTIMACIONES
Intímase al propietario del predio sito en la calle Paysandú 1675, a realizar la desratización, higienización y construcción de acera y cerco reglamentario del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza Nº 33.581 (B.M. Nº 15.540), AD 470.2, el cual establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética" y la Ordenanza Nº 33.721 (B.M. Nº 5.590), AD 643.2, la que establece que: "La responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento y conservación de las veredas compete al propietario frentista", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.
Edicto 531
Inicia: 23-12-98 Vence: 4-1-98
Intímase al propietario del predio sito en la calle San Juan B. De La Salle 1861, a realizar la desratización, higienización y construcción de acera y cerco reglamentario del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza Nº 33.581 (B.M. Nº 15.540), AD 470.2, el cual establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética" y la Ordenanza Nº 33.721 (B.M. Nº 5.590), AD 643.2, la que establece que: "La responsabilidad primaria y principal de la construcción, mantenimiento y conservación de las veredas compete al propietario frentista", bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por administración y a su costa.
Edicto 532
Inicia: 23-12-98 Vence: 4-1-98
Intímase al propietario del inmueble sito en la calle Pte. Luis Saénz Peña 664, a realizar la desratización, higienización y construcción de acera del mismo, dentro de los diez (10) días de publicado el presente edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el artículo 11 de la Ordenanza Nº 33.581 (B.M. Nº 15.540), AD 470.2, el cual establece que: "Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética" y...
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