EDICTO NOTIFICATORIO

Fecha16 Febrero 2023
Número de registro38808
EmisorDIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA DE ROSARIO

Por Disposición Administrativa N° 25/23 de fecha 09 de Febrero de 2023, la Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Rosario, Ministerio de Desarrollo Social, Provincia de Santa Fe, dentro del Legajo Administrativo N° 15.902, referenciados administrativamente como “BRAVO, VICTORIA – DNI N.º 59.626.343 - s/ Resolución Definitiva de Medida de Protección Excepcional de Derechos”,que tramitan por ante el equipo interdisciplinario perteneciente a la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Rosario, Ministerio de Desarrollo Social, sírvase notificar por este medio a la SRA. YANINA BELÉN BRAVO – DNI N.º 38.595.691 – CON ULTIMO DOMILICIO CONOCIDO EN CALLE CEPEDA N.º 3677 DE LA CIUDAD DE ROSARIO - PROVINCIA DE SANTA FE - que se ha dictado el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente: “Rosario, 09 de Febrero de 2023, DISPOSICIÓN Nº 25/23 VISTO... CONSIDERANDO.... DISPONE: 1.- DICTAR el Acto Administrativo de Medida de Protección Excepcional de Derechos en relación a la niña VICTORIA BRAVO– DNI N.º 59.626.343 - nacida en fecha 24 de Diciembre de 2022, hija de la Sra. Yanina Belén Bravo – DNI N.º 38.595.691 – con domicilio en calle Cepeda N° 3677 de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, sin filiación paterna acreditada, por un plazo de cuarenta y cinco (45) días, sin perjuicio de su respectiva prórroga, de acuerdo a lo establecido en el Art. 52 inc. B de la Ley Provincial Nº 12.967 y su respectivo Decreto Reglamentario. Durante el plazo estipulado se trabajará en la ejecución del plan de acción trazado para intentar dar solución a la problemática existente.- 2.- NOTIFICAR dicha Medida de Excepcional de Derechos a la progenitora de la niña.- 3.- NOTIFICAR la adopción de lo resuelto y Solicitar el Control de Legalidad, al Tribunal Colegiado de Familia Interviniente, una vez agotado el procedimiento recursivo previsto en el art.62 de la Ley N°12.967.- 4.- OTORGUESE el trámite correspondiente, regístrese, comuníquese y notifíquese a las partes interesadas y al órgano jurisdiccional correspondiente, oportunamente ARCHÍVESE.- Fdo. María Florencia Ghiselli Titular de la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia - Ministerio de Desarrollo Social.- Rosario.- Se le hace saber que tiene derecho a ser asistido por abogado/a de la lista de defensores oficiales del poder judicial de la provincia de Santa Fe y/o...

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