EDICTO

Fecha11 Mayo 2023
Número de registro499046
EmisorADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS

Por disposición de la Señora Administradora Regional Rosario, se notifica al contribuyente Ricardo Alberto Belli con domicilio fiscal sito en calle Las Heras N° 2745, de la localidad de Casilda, Provincia de Santa Fe, inscripto en este Organismo bajo Cuenta de Impuestos sobre los Ingresos Brutos N° 131-015692-8, CUIT N° 20-10619148-5; por edicto en el BOLETÍN OFICIAL que se publica a sus efectos por tres días, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 35 de la Ley Nro. 3456 (Texto Ord. 2014), el decreto Nº 483/22, dictada en autos caratulados Expediente Nº 13302-0302603-7; BELLI RICARDO A.

VISTO:

El Expediente Nº 13302-0302603-7 y agregados Nº 13302-0384552-4, 13302-0435808-7, 13302-0482778-3, 13302-0555402-0, 00115-0006925-3, 13302-0712154-1 y 13302-0469527-6 del registro del Sistema de Información de Expedientes donde obran las actuaciones mediante las cuales el señor Ricardo Alberto Belli, por derecho propio, interpuso Recurso de Revocatoria en los términos del artículo 5º del Decreto Nº 0916/08 contra la Resolución del Ministro de Economía Nº 062/11; y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución de la Administración Provincial de Impuesto Nº 563-4/04 se instruyó sumario al señor Ricardo Alberto Belli por presunta infracción a sus deberes fiscales y mediante Resolución del ente fiscalizador Nº 1792-3/05 se concluyo el sumario instruido al contribuyente y se le determino ajustes impositivos en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, mas intereses y multas;

Que contra dicho acto administrativo, el contribuyente interpuso -por derecho propio y de manera extemporánea-Recurso de Reconsideración, no obstante lo cual-atendiendo a las atribuciones de juez administrativos conforme artículo 15 del Código Fiscal (t.o. Decreto Nº 2350/97)- la Administración Provincial de Impuestos admitió el remedio procesal e hizo lugar parcialmente al recurso por Resolución Individual Nº 564/06;

Que no conforme con lo resuelto, el recurrente interpuso —por derecho propio-Recurso de Apelación, remedio procedimental que le fue concedido por Resolución Individual del organismo recaudador Nº 289/07, toda vez que abono las obligaciones fiscales reclamadas;

Que corrido traslado para expresar agravios presenta su memorial fuera de término;

Que por Resolución del Ministro de Economía Nº 062/11 se declaro desierto el Recurso impetrado por extemporáneo;

Que notificado de dicho acto administrativo el recurrente presentó- por derecho propio-Recurso de Revocatoria en los términos del artículo 5º del Decreto Nº 0916/08;

Que en este acto tomo intervención la Dirección General de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR