Aviso Oficial Notificación a Edgardo Juan Godoy - Sumario Nº 744 Exp. Nº 101.834/85 Carat. Ex-banco de la Provincia del Chubut (ahora Banco del Chubut S.A.)

Fecha de la disposición10 de Julio de 2008

Cont. Púb. ANA MARIA BRANA, Directora (Int.), Dirección de Análisis de Fiscalización Especializada.

e. 10/07/2008 Nº 581.612 v. 10/07/2008 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS ANEXO A Cont. Púb. ANA MARIA BRANA, Directora (Int.), Dirección de Análisis de Fiscalización Especializada.

e. 10/07/2008 Nº 581.611 v. 10/07/2008 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS REF: Ley 25.603

Goya, Corrientes, 23/6/2008

La Aduana de Goya, conforme lo instruye la Ley 25.603, comunica a quienes acrediten algún derecho sobre la mercadería involucrada en la actuación que a continuación se detalla; que, de no mediar objeción legal dentro del plazo de 30 días corridos a partir de la publicación del presente, se procederá en forma inmediata a incluir las mercaderías en lista de próxima subasta (Art. 439 C.A.) y/o se pondrán a Disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación conforme las previsiones de la ley antes citada. A dichos efectos, los interesados deberán presentarse a esta Dependencia, sita en Avda. Colón Nº 899 de la ciudad de Goya Pcia. de Corrientes. -- Fdo.: ADOLFO CESAR MARTINEZ Administrador Aduana de Goya.-:

ADOLFO C. MARTINEZ, Administrador, AFIP DGA Aduana Goya.

e. 10/07/2008 Nº 581.342 v. 10/07/2008 BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA El Banco Central de la República Argentina notifica, en el Sumario Nº 744 Expediente Nº 101.834/85 caratulado 'Ex Banco de la Provincia del Chubut (ahora Banco del Chubut Sociedad Anónima)', que mediante Resolución Nº 226 del 28.02.08, el Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias resolvió, entre otras medidas, imponer al señor Edgardo Juan GODOY (L.E. Nº 7.300.009) multa de $ 67.250 (pesos sesenta y siete mil doscientos cincuenta), artículo 41, inciso 3) de la Ley Nº 21.526. Los importes de las multas deberán ser depositados en este Banco Central en 'CUENTAS TRANSITORIAS PASIVAS - MULTAS - LEY DE ENTIDADES FINANCIERAS - ARTICULO 41', dentro de los 5 (cinco) días contados a partir de la última publicación del presente, bajo apercibimiento de perseguirse su cobro por la vía de ejecución fiscal. De conformidad con la Sección 3 de la Comunicación 'B' 9239 del 08.04.2008 --B.O. del 02.05.2008 (antes Comunicación 'A' 4006 del 26.08.2003)-- podrá optar por el régimen de facilidades para el pago de las multas; toda presentación al respecto deberá dirigirse a la Gerencia Principal de Liquidaciones y...

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