Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA CIVIL, 27 de Junio de 2017, expediente FSM 000469/2013/CA002

Fecha de Resolución27 de Junio de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE SAN MARTÍN - SALA II Causa FSM 469/2013/CA2 - Orden 10799 EDENOR S.A. c/ MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO s/ORDINARIO Juzgado Federal de San Martín 2 – Secretaría 1 San Martín, 27 de junio de 2017.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Llegan estas actuaciones a conocimiento del Tribunal, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demanda contra la resolución de fs. 229/231. El memorial fue contestado [cfr. fs.

235/237vta., 238 y 247/250vta.; art. 246, CPCC].

Del legajo surgen los siguientes hechos decisivos y esenciales:

El 3 de febrero de 2011, en lo que aquí

interesa, la Empresa Distribuidora y Comercializadora Norte S.A. –EDENOR- promueve acción declarativa de certeza con relación a “la pretensión de la Municipalidad de San Isidro de gravar con la […] Tasa por Servicios Varios, Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene y por Derechos de Habilitación Comercial respecto de la subestación de electricidad ubicada en J.B.J.N.° 837”. Por otra parte, solicita el dictado de una medida cautelar [cfr. fs. 48/72vta.].

Fecha de firma: 27/06/2017 Alta en sistema: 06/07/2017 Firmado por: H.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.S.Z., SECRETARIA DE CAMARA Firmado por: A.A.L. , JUEZ DE CAMARA #8932133#169234445#20170629085755583 El 29 de marzo de 2011, el Juzgado hace lugar a la medida precautoria y ordena al municipio que “se abstenga de liquidar, reclamar, intimar, exigir el pago, iniciar juicios de apremio y/o cualquier manera de exigir la pretensión fiscal relacionada con la […] Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene y por derechos de Habilitación Comercial respecto de la subestación de electricidad ubicada en J.B.J.N.° 837 de San Isidro” [cfr.

fs. 76/78vta.].

El 7 de marzo de 2012, la Municipalidad de San Isidro, contesta demanda y, en lo pertinente, alega respecto del “reclamo realizado […] sobre el local de Edenor SA sito en la calle J.B.J. 837 de San Isidro […] que no existe ni ha existido cuenta municipal alguna que grave dicho local, ni reclamo municipal alguno […] en dicho domicilio ni registro de que pertenezca a Edenor, ni que se trate de una subestación de electricidad” [cfr. fs.

105/125vta.].

El 23 de octubre de 2012, la actora solicita ampliación de la demanda y de la medida cautelar por haber sido intimada al pago de la “Tasa de Fecha de firma: 27/06/2017 Alta en sistema: 06/07/2017 Firmado por: H.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.S.Z., SECRETARIA DE CAMARA Firmado por: A.A.L. , JUEZ DE CAMARA...

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