Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 15 de Septiembre de 2023, expediente CNT 018262/2019/CA001

Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL

TRABAJO - SALA X

SENT.DEF. 2 - 1 EXPTE. Nº: CNT 18.262/2019/CA1(63.696)

JUZGADO Nº: 42 SALA X

AUTOS: “ECHAVARRIA, J. c/ PEREZ, W.L. s DESPIDO”.

Buenos Aires,15-09-2023

El D.L.J.A., dijo:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de esta alzada a propósito del recurso de apelación que, contra la sentencia de fecha 21

    04/2023, interpuso la actora, a tenor del memorial esbozado en la causa, con replica de su contraria.

  2. El accionante cuestiona la decisión del magistrado de grado que rechazó la demanda interpuesta. Estima al respecto que ha existido una subjetiva valoración de las pruebas ofrecidas en autos. Reprocha, por último, la forma en que fueron impuestas las costas.

  3. Sobre el particular, se anticipa que sobre la cuestión sustancial, no tendrán recepción favorable los planteos.

    Es que, más allá de la discrepancia acercada, la recurrente no rebate de manera precisa y razonada (art. 116 LO) los fundamentos brindados por el magistrado previo para decidir como lo hizo.

    En particular, respecto de las condiciones del vínculo, el juzgador anterior dejó asentado que "...las testigos S. (ver fs. 195 del expediente digital), M. (ver fs. 195 del expediente digital) y G. (ver fs. 196 del expediente digital) reconocieron que dejaron de trabajar para el demandado con anterioridad a la accionante, por lo que mal podían saber los motivos que llevaron a su desvinculación..." (ver fallo).

    Y sobre la extinción por abandono de trabajo, el Sr. Juez a quo valoró que "...el demandado intimó a la accionante mediante los despachos Fecha de firma: 15/09/2023

    Firmado por: L.J.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.P.S., SECRETARIO DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL

    TRABAJO - SALA X

    fechados el 26/07 y 03/08/18...para que retomara tareas, y posteriormente procedió a extinguir el vínculo por abandono de trabajo mediante la CD...del 17

    08/18...", y que, "...de la planilla acompañada...se infiere que el último día que trabajó la actora fue el 04/07/18 y a partir del día siguiente comenzó a faltar sin aviso, extremo que fue advertido por el demandado en todas las misivas remitidas a la trabajadora. Esto se encuentra corroborado por los testimonios...quienes señalaron que la actora firmaba una planilla tanto a la entrada como a la salida..." (ver fallo).

    En estas condiciones, ante la ausencia de elementos contrarios de convicción,...

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