Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala C, 3 de Octubre de 2022, expediente CIV 071363/2018
Fecha de Resolución | 3 de Octubre de 2022 |
Emisor | Camara Civil - Sala C |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C
71363/2018
DURAN FERNANDEZ, M.S. c/ HERMOSA, CLAUDIO
REINALDO Y OTRO s/EJECUCION DE ALQUILERES
Buenos Aires, de septiembre de 2022.- HC
VISTOS
Y CONSIDERANDO:
I) Las presentes actuaciones han sido enviadas a esta instancia en soporte papel con motivo del recurso de apelación deducido por la parte ejecutante en fecha 08.07.2022 –
concedido el 13.07.2022- contra la resolución de caducidad de instancia dictada por la Sra.
Jueza a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil nro. 73 en fecha 06.07.2022.
II.a) De los antecedentes del trámite surge que mediante los presentes actuados la parte actora inicia ejecución contra C.R.H., por la suma de $ 21.189,96.
II.b) En el pronunciamiento impugnado, se hizo lugar al planteo de caducidad de la instancia formulado por la parte ejecutada el 12.05.2022. Respecto de las costas del juicio se impusieron a la parte actora, en su calidad de vencida, por aplicación del criterio objetivo de la derrota (artículo 68 del Código Procesal).
III.a) Con este escenario, conviene recordar que el tribunal de apelación se encuentra facultado para examinar de oficio la procedencia de la impugnación, pues sobre el Fecha de firma: 03/10/2022
Alta en sistema: 04/10/2022
Firmado por: O.L.D.S., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: J.M.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: PABLO TRIPOLI, JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C
punto no se halla ligado por la conformidad de las partes ni por la concesión del juez o la jueza de la instancia de grado, aun cuando ella se encuentre consentida, ya que esa decisión no reviste carácter de definitiva, por lo que una sala está investida de facultades para revisar e, incluso, modificar el juicio de admisibilidad efectuado (cfr. M., “Requisitos generales de admisibilidad y procedencia”, en Midón (Director), Tratado de los Recursos, Rubinzal Culzoni, Santa Fe, 2013, t. I, p. 105, nro. III;
CNCiv, S.C., “C., P.c.M., R. s/
daños y perjuicios”, del 5-6-13; id., íd.,
M., C. s/ sucesión
, del 27-2-13; íd.,
íd., “Stonehedge S.A. c/ Consorcio s/ oposición a la ejecución de reparaciones urgentes”, del 14-715; id., íd., “G., G.c.O., J.
s/ ejecución hipotecaria”, del 6-6-17 y sus citas, entre otros).
En este sentido, como se lo ejemplifica, el examen de admisibilidad del recurso de apelación atraviesa dos fases distintas: el control provisorio del juez o jueza de la instancia de grado y...
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