Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala M, 14 de Noviembre de 2022, expediente CIV 057296/2007/CA001

Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2022
EmisorCamara Civil - Sala M

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M

57296/2007

DUJOL ELSA LUCIA s/SUCESION AB-INTESTATO

Buenos Aires, 14 de noviembre de 2022.

VISTOS

Y CONSIDERANDO

  1. ) La curadora de los bienes de la sucesión interpuso el recurso de apelación subsidiario contra la providencia del 15 de febrero del 2019, que desestimó el pedido de inversión en moneda extranjera de los fondos. Esa decisión fue mantenida en la resolución del 25 de ese mes.

  2. ) De las constancias del expediente surge que en la cuenta judicial se encuentra depositada la suma de dinero proveniente del pago parcial de la venta en subasta del inmueble hereditario.

    La curadora de los bienes de la sucesión insistió en esta instancia en que se disponga la inversión de esos fondos en un plazo fijo en dólares.

    Argumentó que se trata de una herencia vacante, que los fondos estarán indisponibles durante un plazo relativamente extenso y aludió al contexto económico financiero. Además, alegó que los curadores de los bienes tienen la obligación legal de invertir los fondos depositados en cuentas judiciales (art.

  3. del Decreto nº 2.760/1998, reglamentario de la ley nº 52).

  4. ) En primer lugar, cabe señalar que la obligación de invertir los fondos depositados en cuentas judiciales alegada no prevé que deba cumplirse en moneda extranjera.

    En segundo lugar, la inversión propuesta por la apelante requiere de dos operaciones distintas. Pues, al tratarse de sumas de dinero (en moneda nacional), como paso previo a la afectación de los fondos en un plazo fijo,

    debe adquirirse la moneda extranjera1.

    Como es de público y notorio conocimiento, la operación de adquisición de moneda extranjera se encuentra restringida o limitada por la autoridad cambiaria a cierta cantidad máxima por mes2.

    Por consiguiente, dado que la validez constitucional de esas disposiciones no fue cuestionada por la interesada y que no se configura 1

    Cfr. esta sala, “Incidente Nº 4 - Actor: G., C. y otros s/Incidente Civil”, del 03/5/2021.

    2

    La normativa cambiaria vigente se encuentra...

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