Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B, 16 de Septiembre de 2022, expediente FRO 057748/2017/CA001

Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B

Prev/Def Visto, en Acuerdo de la Sala “B” integrada, el expediente Nro. FRO 57748/2017, caratulado “DUBLELUI, S.M. c/ ANSES

s/REAJUSTE DE HABERES” (Originario del Juzgado Federal Nro. 1 de la ciudad de Santa Fe).

Vinieron los autos a esta alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada, contra la sentencia del 7 de septiembre de 2021 que hizo lugar a la demanda interpuesta, revocó la resolución impugnada y ordenó a la ANSES recalcular el haber inicial de la pensión derivada de S.M.D. con costas en el orden causado.

Concedido en modo libre el recurso interpuesto, se elevaron las actuaciones a esta Alzada y por sorteo informático quedaron radicados en esta Sala “B”, donde la apelante expresó sus agravios.

Corrido el pertinente traslado, la actora solicitó pasen los autos al Acuerdo, por lo que quedaron en estado de ser resueltos.

Y Considerando que:

  1. ) La demandada se agravió y sostuvo que del expediente administrativo surge que el causante accedió a un Retiro Transitorio por Invalidez, por lo cual considera que no corresponde actualizar la PBU

    porque no compone el haber inicial del causante ni la pensión de su derechohabiente.

  2. ) Del análisis de la prueba acompañada se desprende que si bien el causante, E.H.B., habría iniciado el trámite para obtener un beneficio de Retiro Transitorio por Invalidez, las actuaciones administrativas dan cuenta que el causante acreditó aportes en relación de dependencia y luego aportes autónomos, y que todo ello culminó con la obtención de un beneficio jubilatorio con fecha de adquisición 9/03/2010, integrándose este con la correspondiente PBU-PC-PAP. Por lo tanto, y como lo resolvió el a quo, sí corresponde actualizar el componente en cuestión y en consecuencia rechazar el agravio de la demandada.

    Fecha de firma: 16/09/2022

    Firmado por: J.G.T., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.I.V., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: A.P., Juez de Camara Firmado por: M.E.T., SECRETARIA

  3. ) En...

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