Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 12 de Julio de 2018, expediente CAF 021379/2017/CA001

Fecha de Resolución12 de Julio de 2018
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL-

SALA I 21379/2017 DREAMS CORPORATION SRL c/ EN-M PRODUCCION-SCI Y OTRO s/MEDIDA CAUTELAR (AUTONOMA)

Buenos Aires, de de 2018.- ZMF Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que la señora jueza titular del juzgado nº 8 admitió la medida cautelar solicitada por la firma actora y, previa caución real, dispuso “suspender cautelarmente, con relación a la parte actora, los efectos de la Resolución AFIP N° 3823/15; como asimismo de la Res. MP Nro 5/15, respecto de la mercadería que fuera motivo de la presentación administrativa N.. 17001SIMI003525H, 17001SIMI000299M, 17001SIMI001576L y 17001SIMI007155K” (fs.

    124/127).

    Para así decidir, reseñó que la actora oficializó las Declaraciones Juradas SIMI Nro. 17001SIMI003525H, 17001SIMI000299M, 17001SIMI001576L y 17001SIMI007155K los días 4/01/17, 2/01/17, 3/01/17 y 6/01/17, siendo observadas (cfr. fs. 26, 36, 39, 46, 55, 58 y 61). Ante dicha situación, con fechas 8 y 9 de marzo del corriente solicitó pronto despacho a la Secretaría de Comercio y a la AFIP-

    DGA mediante notas requiriendo explicaciones acerca de las circunstancias que motivaron las observaciones formuladas, sin obtener respuesta alguna a la fecha de inicio de la demanda”.

  2. Que apeló el Ministerio de Producción (fs. 131, memorial de fs. 144/155 y réplica de fs. 158/166).

    Adujo que después de haber requerido información a la empresa importadora, “se pudo constatar que de los estados contables acompañados por la referida empresa surgía una inconsistencia en relación con el valor total de las mercaderías involucradas en las solicitudes de licencias no automáticas de importación que pretende efectuar”.

    Fecha de firma: 12/07/2018 Alta en sistema: 13/07/2018 Firmado por: DRA. C.M.D.P. - DR. RODOLFO E. FACIO - LICENCIA DRA. HEILAND-, JUECES DE CAMARA #29723660#201365176#20180703133512209 Manifestó que “en el marco de lo establecido en la Resolución General (AFIP) N° 2570/2009 y sus respectivas modificatorias, y teniendo en cuenta la exigencia de acreditación de “solvencia...

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