Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 16 de Septiembre de 1997, expediente L 58358

PonenteJuez SALAS (SD)
PresidenteSalas-Pisano-Negri-Laborde-Pettigiani
Fecha de Resolución16 de Septiembre de 1997
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

DICTAMEN DE LA PROCURACION GENERAL:

Considero que el recurso extraordinario de nulidad -único en el que debo dictaminar- es inatendible.

Ello así por cuanto la falencia que motiva el agravio del quejoso constituye, a mi modo de ver, un error material cuya reparación pudo hallar remedio en la instancia de origen (art. 166 inc. 2º C.P.C.C.). A más, advierto que en la parte dispositiva de la sentencia, no se repite.

Consecuentemente y como lo adelantara, propicio a V.E. el rechazo de la queja.

Sin perjuicio de lo dicho, debería recordarse a los Sres. Jueces que intervienen en autos, el estricto cumplimiento de las exigencias contenidas en el Ac. 2514, en cuanto a que las firmas de los mismos deben ser aclaradas con sello de goma, a máquina, o con letra de imprenta (ap. II, inc. 11).

La Plata, 25 de marzo de 1996 - L.M.N..

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a dieciséis de setiembre de mil novecientos noventa y siete, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Salas, P., N., L., P., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa L. 58.358, "Donadio, R.O. contra Ministerio de Gobierno. Policía de la Provincia de Buenos Aires. Enfermedad accidente".

A N T E C E D E N T E S

El Tribunal del Trabajo Nº 2 de La Plata rechazó la demanda interpuesta; con costas a la parte actora.

Esta dedujo recursos extraordinarios de nulidad y de inaplicabilidad de ley .

Oído el señor S. General, dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar las siguientes

C U E S T I O N E S

  1. ¿Es fundado el recurso extraordinario de nulidad?

    Caso negativo:

  2. ¿Lo es el de inaplicabilidad de ley ?

    V O T A C I O N

    A la primera cuestión planteada, el señor J. doctorS. dijo:

    1. El tribunal del trabajo rechazó la demanda que por cobro de indemnización por incapacidad laboral (ley 9688) promovió R.O.D. contra el Ministerio de Gobierno, Policía de la Provincia de Buenos Aires.

    2. La parte actora interpuso recursos extraordinarios de nulidad y de inaplicabilidad de ley . Como sustento del primero denuncia violación del art. 168 de la Constitución provincial. Sostiene que el fallo carece de la necesaria mayoría de opiniones, toda vez que falta el voto de uno de sus miembros.

    3. El recurso, en mi opinión, no...

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