Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 28 de Diciembre de 2023, expediente CNT 000321/2004/CA001

Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

SALA VI

Expediente Nro.: CNT 321/2004

(Juzg. N° 75)

AUTOS: “D.F.M.C. MAS DE SUSANA

GONZALEZ Y OTRO S/DESPIDO”

Buenos Aires, 27 de diciembre de 2023.-

VISTO:

El martillero publico apela los honorarios que le fueron regulados, por considerarlos reducidos (presentación de fecha 7.7.2023).

CONSIDERANDO:

Que, teniendo en cuenta la naturaleza y extensión de las tareas desarrolladas en autos, el valor económico en juego y,

las pautas arancelarias de aplicación, los honorarios regulados al perito martillero, no lucen adecuados, por lo que corresponde su elevación a la cantidad de 10 UMAs, que equivalen a $305.620 (Resolución SGA Nº 3369/2023, art. 38 LO,

y leyes arancelarias aplicables).

Por ello, EL TRIBUNAL

RESUELVE:

Elevar la regulación de honorarios perito martillero a la cantidad de 10 UMAs.

Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013.

Regístrese, notifíquese y vuelvan.

  1. POSE

JUEZ DE C.G.L.C.

JUEZA DE CAMARA

Ante mí.-

Fecha de firma: 28/12/2023

Firmado por: G.L.C., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.B. DE LA FUENTE, SECRETARIA DE CAMARA

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