Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL, 19 de Octubre de 2018, expediente FLP 087485/2018/CA001

Fecha de Resolución19 de Octubre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA Plata, 18 de octubre de 2018.

AUTOS Y VISTOS: este expediente FLP 87485/2018/CA1, “DOMINGUEZ, A.M. c/Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP-PAMI) y otro s/Leyes Especiales (diabetes, cáncer, fertilidad)”, procedente del Juzgado Federal N° 3, Secretaría Civil N° 9, de Lomas de Zamora; Y CONSIDERANDO QUE:

  1. La decisión apelada y los agravios.

    1. El a quo hizo lugar a fs. 123/125 a la medida cautelar peticionada por la actora ordenando al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) que, “(…) dentro del plazo de 48 horas de notificado asegure y provea a la Sra. ERMELINDA JULIA AVILA (D.N.

  2. n° 2.317.797) con el 100 % de cobertura, el medicamento ALPROSTAPINT 20 microgramos, en las cantidades y dosis indicadas y mientras dure el tratamiento prescripto por sus médicos tratantes con motivo de la grave enfermedad que padece, todo ello hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo (…)”.

    1. Contra esta decisión los representantes del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJyP-PAMI) interpusieron recurso de apelación (fs. 140/142).

    En sustancial síntesis, los agravios del PAMI pueden exponerse de la siguiente manera: a) el objeto de su mandante es la protección de la salud de sus beneficiarios, por lo que cuando se rechaza una medicación es con criterio médico y está dentro de sus facultades aprobar o no los tratamientos propuestos por los profesionales tratantes; b) la negativa a proporcionar la medicación solicitada por la actora se fundó en que –según el Instituto de Efectividad Clínica y Sanitaria (IECS)- “no se identificó evidencia que compare alprostadil frente a otros prostanoides u otras Fecha de firma: 19/10/2018 Firmado por: C.A.V., juez de cámara Firmado por: ANTONIO PACILIO, Juez de Cámara Firmado por: M.S.L., SECRETARIO #32207444#218764043#20181019075657345 alternativas terapéuticas, en el manejo de pacientes con isquemia crítica de miembros inferiores no revacularizable” y que “su utilización también se asocia a mayor número de muertes por causas cardiovasculares y efectos adversos serios”; c) la actora no presentó otro tratamiento ni respuesta médica solicitada que su instituyente se encontraría en condiciones de autorizar y proveer, por lo que no existiría peligro en la demora y d) lo resuelto vulnera el derecho a la salud de la paciente, debido a que la medicación prescripta no es la adecuada para su diagnóstico.

  3. Consideración de los agravios.

    1. Los...

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