Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 29 de Mayo de 2019, expediente Rc 121228

PresidenteSoria-Kogan-Pettigiani-Natiello
Fecha de Resolución29 de Mayo de 2019
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

"DOMINGO MANGONE SA C/ HSBC BANK ARGENTINA SA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS" y su acumulada.

La Plata, 29 de Mayo de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

I.A. la presentación de fs. 1586/1619 y téngase por cumplida en término la intimación de fs. 1585.

  1. Los coactores, deducen recurso extraordinario federal contra el pronunciamiento de esta Corte que -mediante el dictado de sentencia única-, por un lado, rechazó los de nulidad y, por el otro, desestimó -por mayoría- los de inaplicabilidad de ley interpuestos tanto en la causa principal "D. M. SA c/ HSBC Bank Argentina SA. Daños y perjuicios" -n°70.235- como en su acumulada "M., D. y otro c/ HSBC Bank Argentina SA. Daños y perjuicios" -n°70.236- (art. 298, CPCC; v. fs. 1586/1619 y 1572/180 vta., respectivamente).

    En el caso, la Cámara interviniente confirmó los fallos del juez de grado que -a su turno- habían rechazado las acciones incoadas por los legitimados activos contra la firma "HSBC Bank Argentina SA" (v. fs. 1396/1408 y 1465/1475 de la causa principal y 471/484 vta. y 521/531 del expediente acumulado).

  2. Respecto de la vía articulada, cabe observar que la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha reglamentado los requisitos que deben satisfacer los escritos judiciales mediante los cuales se interpone el recurso previsto por el art. 14 de la ley 48.

    En autos, se aprecia que se ha excedido el límite máximo relacionado con la cantidad de páginas (art. 1; el escrito presenta más de 40 páginas; v. fs. 1593/1619) y no surge de tal reglamento que este requerimiento pudiese quedar a criterio discrecional del impugnante (causas C. 119.991, "Frigorífico Mellino SA", resol. de 28-XII-2016; C. 121.208, "Coustarot", resol. de 5-IV-2017; C. 120.788, "Pesquera Celosor S.A.I.P", resol. de 3-V-2017 y C. 122.202, "HSBC...

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