Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 28 de Marzo de 2019, expediente CAF 036180/2015/CA001

Fecha de Resolución28 de Marzo de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL-

SALA V Expte. Nº 36.180/2015/CA1 “EN -DNM- c/ MONTES BARRETO, JOSE AUGUSTO s/ MEDIDAS DE RETENCION”

Buenos Aires, de marzo de 2019.-MNP VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Que a fojas 2/7 la Dirección Nacional de Migraciones (en adelante, D. solicitó que, de conformidad con el artículo 70 de la Ley Nº 25.871, se ordenara la retención del Sr. J.A.M.B. en tanto se había dispuesto su expulsión a través de la Disposición SDX Nº 142143/09.

  2. Que a fojas 196, el juez a quo ordenó la retención del Sr. MONTES BARRETO de conformidad con lo expuesto en la Disposición SDX Nº 142143/09.

  3. Que a fojas 197/202 se presentó la Defensora Pública Coadyuvante en representación del demandado y solicitó el cese de la orden de retención ya que la disposición administrativa (en la que ésta se basó) no se encontraba firme. En efecto, expuso que su parte interpuso recurso judicial contra lo allí decidido, cuyas defensas reseñó.

  4. Que en virtud de ello, el juez intimó a la DNM a que manifieste lo que estime corresponder con respecto lo informado por la representación del demandado (v. fs. 208), habiendo la parte actora guardado silencio.

  5. Que a fojas 211/212 el juez a quo rechazó el pedido del cese de la retención.

  6. Que contra lo allí resuelto, a fojas 213/215 la Defensora Pública Coadyuvante interpuso y fundó recurso de apelación en representación del Sr. MONTES BARRETO, cuyos argumentos se tienen aquí por reproducidos.

    Fecha de firma: 28/03/2019 Alta en sistema: 01/04/2019 Firmado por: G.F.T. -J.F.A. -P.G. FEDRIANI #27232385#229845545#20190327154404003

  7. Que a fojas 226, la Sala IV de este Fuero declinó su competencia para entender en la presente apelación y atribuyó el conocimiento de autos a esta Sala.

    Para así decidir, señaló que éste Tribunal había prevenido en la Causa Nº 16.838/18, caratulada “MONTES BARRETO, J.A. c/ EN – M Interior OP y V DNM s/ Recurso Directo DNM”, en la que tramitó

    el recurso judicial contra la Disposición SDX Nº 142143/09.

  8. Que recibidas las presentes actuaciones ante esta S., se dio intervención al F. General, quien dictaminó a fojas 229/230.

    Allí, luego de reseñar las pretensiones deducidas en ambas causas, consideró que tales antecedentes resultaban suficientes para considerar que existe conexidad entre ellas. Por tales motivos, en concordancia con los principios que informan las Resoluciones de las Juntas de Superintendencia Nros. 16/97 y 3/98, concluyó que correspondía...

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