Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 8 de Marzo de 2022, expediente CAF 050564/2019/CA001
Fecha de Resolución | 8 de Marzo de 2022 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
- SALA IV -
Expte. CAF 50564/2019/CA1 “EN - DNM c/ JINGPING, TANG s/PROCESO
DE EJECUCION”
Buenos Aires, de marzo de 2022.
VISTO
Y CONSIDERANDO:
-
) Que, el 13/9/19, la Dirección Nacional de Migraciones (en adelante D.N.M.) promovió demanda de ejecución fiscal contra J.T. por la suma de pesos ciento ochenta mil ($180.000), con más intereses resarcitorios y punitorios hasta su efectivo pago (conf. artículos 604 y 605 del C.P.C.C.N.).
-
) Que, el 27/12/19, la accionada contestó la demanda y opuso excepciones (inhabilidad de título y litispendencia). Entendió que, al momento del libramiento del certificado de deuda, no se encontraba firme la resolución que imponía la multa en cuestión.
-
) Que, por resolución del 29/10/21, la juez a quo hizo lugar a la excepción de inhabilidad del título y rechazó la ejecución, en tanto advirtió que la multa no se encontraba firme.
-
) Que, contra esa decisión, el 1º/11/21, la D.N.M. interpuso recurso de revocatoria con apelación en subsidio. El 23/11/21, la magistrada rechazó la reposición pero concedió el residual, subsidiariamente y en los términos del art. 246
del C.P.C.C.N. De la fundamentación, corrió traslado a su contraria, que no contestó
el memorial.
-
) Que, según el código de rito, resultan inapelables las resoluciones,
cualquiera fuere su naturaleza, que se dicten en procesos en los que el monto cuestionado no supere la suma establecida en el artículo 242, segundo párrafo, del C.P.C.C.N. (conf. acordada C.S.J.N. 41/19).
En consecuencia, toda vez que el monto involucrado en la demanda de ejecución fiscal no alcanza el mínimo vigente a la fecha de interposición del recurso,
corresponde declararlo mal concedido; sin costas dada la ausencia de sustanciación.
ASÍ SE
RESUELVE:
.
R., notifíquese y devuélvase.
M.D.D.
JORGE EDUARDO MORÁN
ROGELIO W. VINCENTI
Fecha de firma: 08/03/2022
Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA
Firmado por...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba