Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 7 de Julio de 2017, expediente COM 019526/2016/CA001

Fecha de Resolución 7 de Julio de 2017
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación DISTRIBUIDORA ABRIL S.R.L. Y OTROS c/ MASTERFOODS ARGENTINA LTDA. SUCURSAL ARGENTINA Y OTRO s/ORDINARIO Expediente N° 19526/2016/CA1 Juzgado N° 18 Secretaría N° 36 Buenos Aires, 6 de julio de 2017.

Y VISTOS:

I.V. apelada la resolución de fs. 917/921, en lo que hace a la admisión de la excepción de falta de legitimación pasiva propuesta por la codemandada Procter & Gamble Argentina S.R.L.

  1. El recurso fue interpuesto por la parte actora a fs. 922 y se encuentra fundado con el memorial de fs. 924/931.

    El traslado fue contestado a fs. 933/935.

  2. Mediante la presente acción se demandó la reparación de los daños y perjuicios que los actores dijeron sufridos con motivo de la recisión del contrato de distribución, representación y comercialización, que refirieron al USO OFICIAL demandar.

    En ese contexto, señalaron que el vínculo contractual fue llevado adelante en un principio con “Procter & Gamble”; y que en el año 2013 se suscribió con dicha empresa un último contrato de distribución con especiales condiciones de desarrollo que, a partir del mes de agosto del año 2014, comenzó

    a ser ejecutado por la firma Masterfoods Argentina Ltda.

    A partir de entonces –según dijeron también-, la continuidad de la explotación tuvo serias distorsiones, inconvenientes y modificaciones.

    No se soslaya que la recurrente negó conocer los términos y condiciones del traspaso operado, no obstante, sí admitió que “Masterfoods” era continuadora cesionaria de “Procter” (ver escrito de demanda fs. 375/vta –

    transcripción de CD-).

    Ello no es un dato menor desde que, conocida la cesión de la posición contractual por la contraparte –sin haberse siquiera alegado oposición-, el cedente se aparta de sus derechos y obligaciones, los que son asumidos por el Fecha de firma: 07/07/2017 cesionario (arg. art. 1637 código civil y comercial).

    Firmado por: VILLANUEVA - MACHIN (JUECES) - BRUNO (SECRETARIO), Firmado(ante mi) por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA DISTRIBUIDORA ABRIL S.R.L. Y OTROS c/ MASTERFOODS ARGENTINA LTDA. SUCURSAL ARGENTINA Y OTRO s/ORDINARIO Expediente N° 19526/2016 #28877177#183183669#20170705113733400 Poder Judicial de la Nación Repárese que, más allá del aludido desconocimiento en punto a los términos de aquella cesión, los quejosos ni siquiera han pretendido mediante la promoción de esta causa cuestionar su alcance –el de la cesión-, ni tampoco han imputado a la excepcionante inconducta alguna desde que, según ellos mismos relataron, los...

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