Disposiciones Sintetizadas, Subsecretaría de Regulación y Control Ambiental, Año 2012 Disp. Nº 205, 213, 220, 221 y 224

Fecha de publicación19 Octubre 2012
Tipo de documentoDISPOSICIONES SINTETIZADAS
Número de Gaceta13272
SecciónSección Oficial
BOLETIN OFICIAL
PAGINA 18 Viernes 19 de Octubre de 2012
acuerdo a lo establecido en el Art. 31 inc. K ap 2 de la
Ley Provincial X Nº 15, una multa equivalente al cin-
cuenta por ciento (50 %) de un Salario Mínimo Vital y
Móvil por cada trabajador afectado, ascendiendo el
salario mínimo vital y móvil a Pesos Dos Mil Seiscientos
Setenta ($ 2.670), el monto total de la multa impuesta se
establece en Pesos Un Mil Trescientos Treinta y Cinco
($ 1.335,00).-
Artículo 2º COMUNIQUESE que la multa dispues-
ta en el Artículo 1º, deberá abonarse dentro de los
tres (03) días de notificada, mediante depósito en
el Banco del Chubut S.A., se adjunta boleta para tal
fin y una vez realizado el pago deberá acreditarse
ante la Secretaría de Trabajo Delegación Regional
Trelew, sito en Sargento Cabral Nº 1916 de Trelew,
bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento pre-
visto en el Art. 32 de la Ley Provincial X Nº 15, que
a sus efectos se transcribe: “Firme la resolución
sancionatoria la falta de pago de la multa impuesta
autoriza a la Secretaría de Trabajo a proceder a su
ejecución por ante el Juzgado Letrado de Primera
Instancia en lo laboral competente. Asimismo, po-
drá disponer la clausura del establecimiento hasta
el cumplimiento de la sanción, manteniéndose en-
tre tanto el derecho de los trabajadores al cobro
íntegro de sus remuneraciones”.-
Artículo 3º INTIMESE a la razón social ORO FELIX
ANTONIO a dar cumplimiento a las disposiciones lega-
les y/o convencionales que reglamentan el trabajo en
relación de dependencia.-
Artículo 4º INDICASE que el presente acto es
definitivo en la vía administrativa y que el adminis-
trado cuenta con el recurso de apelación, previo
pago de la multa. El recurso deberá interponerse
fundado, en el término de tres (03) días hábiles de
notificado, y por ante la Secretaría de Trabajo (Art.
31 inc. L) Ley Provincial X Nº 15. A sus efectos se
transcribe: La resolución que imponga la multa po-
drá ser apelada previo pago de ésta dentro de los
tres (3) días hábiles de notificado. El recurso se
interpondrá por ante la autoridad que aplicó la san-
ción y deberá ser fundado. Las actuaciones con-
juntamente con la apelación, serán remitidas den-
tro del quinto día hábil al juzgado de primera instan-
cia con competencia en lo laboral y jurisdicción en
el lugar donde se hubiere comprobado la infrac-
ción para su resolución definitiva.-
SECRETARIA DE TRABAJO
DELEGACION REGIONAL DE TRABAJO
PUERTO MADRYN
Res. N° 1032 16-08-12
ARTICULO 1°: CLAUSURAR el Sumario Administra-
tivo dispuesto en el Expte 04-0581/12, Caratulado: “PO-
LICIA DEL TRABAJO S/ INSPECCION INTEGRAL C/
MAYER, HECTOR OSCAR”.
ARTICULO 2º: CUMPLIDO el Art. 1º, continuar el
trámite de las presentes actuaciones según lo previsto
en el Art. 31 Inc. k de la Ley X Nº 15.
RESOLUCION CONJUNTA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y SECRETARÍA
PRIVADA DE LA GOBERNACIÓN
Res. Conj. N°
XIII-330 ME y XXIX-92 SPG 04-10-12
Artículo 1°.- ASIGNAR funciones, a partir del 28 de
marzo de 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2012, en
la Subsecretaría de Asistencia Logística de la Gober-
nación dependiente de la Secretaría Privada de la Go-
bernación, a la agente NAVARRE, Laura Anahí (M.I. N°
24.794.237 – Clase 1975), quien revista en un (1) car-
go Jefe de Departamento Coordinación Operativa y
Mantenimiento – Código J II - Planta Permanente - Agru-
pamiento Personal Jerárquico dependiente de la Direc-
ción de Planificación Infraestructura Educativa – Direc-
ción General de Bienes Reales, Servicios y Planifica-
ción de Infraestructura – Subsecretaría de Recursos,
Apoyo y Servicios Auxiliares del Ministerio de Educa-
ción.
Artículo 2°.- Establecer que el Organismo de pres-
tación de funciones de la agente citada deberá remitir
un informe mensual sobre el cumplimiento de la norma-
tiva vigente en materia de presentismo por parte de la
agente mencionada, a los efectos de la respectiva liqui-
dación de haberes.
DISPOSICIONES SINTETIZADAS
SUBSECRETARIA DE REGULACION
Y CONTROL AMBIENTAL
Disp. Nº 205 03-08-12
Artículo 1º.- Inscribir de Oficio, bajo el Nº 393, a la
empresa Energial-Enerac-Golden Oil UTE, con domicilio
en calle Mitre Nº 908, Piso 1º, de la ciudad de Comodoro
Rivadavia, Provincia del Chubut, como Generador de
Residuos Peligrosos, de las corrientes Y8 (desechos
de aceites minerales no aptos para el uso al que esta-
ban destinados), Y9 (mezclas y emulsiones de dese-
chos de aceite y agua o de hidrocarburos y agua) e
Y48 (sólidos contaminados con las corrientes Y8 e Y9),
de las categorías sometidas a control, definidas en el
Anexo I de la Ley Nacional Nº 24.051 en el REGISTRO
PROVINCIAL DE GENERADORES Y OPERADORES DE
SUSTANCIAS PELIGROSAS, a partir de la fecha de la
presente.-
Artículo 2º.- SANCIONAR con multa de PESOS
VEINTICINCO MIL ($ 25.000) a la empresa
ENERGIAL- ENERAC- GOLDEN OIL UTE por incum-
plimiento respecto de la inscripción como Genera-
dor de Residuos Peligrosos, en el REGISTRO PRO-
VINCIAL DE GENERADORES Y OPERADORES DE
SUSTANCIAS PELIGROSAS, tal lo dispuesto en la
Ley XI Nº 35.-

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