Disposiciones Sintetizadas, Subsecretaría de Gestión Ambiental y Desarrollo Sustentable, Año 2011 - Disp. Nº 54, 60, 61, 63 a 66

Fecha de publicación08 Abril 2011
Tipo de documentoDISPOSICIONES SINTETIZADAS
Número de Gaceta11203
SecciónSección Oficial
Viernes 8 de Abril de 2011
BOLETIN OFICIAL
PAGINA 4
PERATIVA DE TRABAJO DE ESTIBADORES DE PUER-
TOS LIMITADA – Matrícula Nº 14.298, con domicilio legal
en la ciudad de Comodoro Rivadavia, la sanción esta-
blecida en el Artículo 101 de la Ley 20.337 (modificada
por Ley 22.816) consistente en el RETIRO DE LA AUTO-
RIZACION PARA FUNCIONAR Y LA CANCELACION DE
LA MATRICULA.-
Res. N° 12 02-03-11
Artículo 1º: Dar por decaído el derecho de la enti-
dad sumariada en estos actuados a presentar descar-
go y ofrecer pruebas.-
Artículo 2º: Dar por concluida la etapa instructoria
del presente sumario.-
Artículo 3º: Aconsejar al Instituto Nacional de
Asociativismo y Economía Social que imponga a la COO-
PERATIVA DE TRABAJO PESQUERA CABO SAN
SEBASTIAN LIMITADA – Matrícula Nº 16.901, con domi-
cilio legal en la ciudad de Comodoro Rivadavia, la san-
ción establecida en el Artículo 101 de la Ley 20.337
(modificada por Ley 22.816) consistente en el RETIRO
DE LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR Y LA CAN-
CELACION DE LA MATRICULA.-
Res. N° 13 02-03-11
Artículo 1º: Dar por decaído el derecho de la enti-
dad sumariada en estos actuados a presentar descar-
go y ofrecer pruebas.-
Artículo 2º: Dar por concluida la etapa instructoria
del presente sumario.-
Artículo 3º: Aconsejar al Instituto Nacional de
Asociativismo y Economía Social que imponga a la COO-
PERATIVA DE TRABAJO MAR DEL SUR LIMITADA –
Matrícula Nº 19.161, con domicilio legal en la ciudad de
Puerto Madryn, la sanción establecida en el Artículo
101 de la Ley 20.337 (modificada por Ley 22.816) con-
sistente en el RETIRO DE LA AUTORIZACION PARA FUN-
CIONAR Y LA CANCELACION DE LA MATRICULA.-
DISPOSICIONES SINTETIZADAS
SUBSECRETARIA DE GESTION AMBIENTAL
Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Disp. Nº 54 22-02-11
Artículo 1º.- Instrúyase sumario administrativo al
Señor Raúl REDONDO por presunto incumplimiento al
artículo 251º del “Código de Minería” Ley Nº 1919 (T.O.
por Decreto 456/1997), por haber iniciado con las acti-
vidades de explotación minera sin la correspondiente
presentación y aprobación del Informe de Impacto Am-
biental.
Artículo 2º.- A los efectos de lo dispuesto en el
artículo anterior, fíjese el perentorio plazo de SIETE (7)
días hábiles contados a partir de notificada la presente,
para que el Señor Raúl REDONDO presente descargo,
ofrezca la prueba que estime haga a su derecho, cons-
tituya domicilio en la ciudad de Rawson, autorizándolo
a tomar vista de las actuaciones, bajo apercibimiento
de tener por presunta la veracidad de los hechos impu-
tados.
Artículo 3º.- Desígnese Instructora Sumariante a la
Dra. Gabriela Alejandrina ANDRADE DNI Nº 22.525.964,
quien deberá llevar adelante el presente sumario admi-
nistrativo, de acuerdo a los artículos 4, 13, 14, 15, 16,
17 y 18 del Decreto Nº 1282/08.
Disp. Nº 60 02-03-11
Artículo 1º.- Instrúyase sumario administrativo al
Señor José ROMERO, por presunta infracción al Artícu-
lo 251º del “Código de Minería” Ley Nº 1919 (T.O. por
Decreto 456/1997) y al Artículo 1º de la Disposición Nº
243/06- DGPA.
Artículo 2º.- A los efectos de lo dispuesto en el
artículo anterior, fíjese el perentorio plazo de SIETE (7)
días hábiles contados a partir de notificada la presente,
para que el Señor José ROMERO presente descargo,
ofrezca la prueba que estime haga a su derecho, cons-
tituya domicilio en la ciudad de Rawson, autorizándolo
a tomar vista de las actuaciones, bajo apercibimiento
de tener por presunta la veracidad de los hechos impu-
tados.
Artículo 3º.- Desígnese Instructor Sumariante a José
Manuel PENDON, DNI Nº 25.887.636, quien deberá lle-
var adelante el presente sumario administrativo, de
acuerdo a los artículos 4, 13, 14, 15, 16, 17 y 18 del
Decreto Nº 1282/08.
Disp. Nº 61 02-03-11
Artículo 1º.- Instrúyase sumario administrativo a
la empresa ACUARIO CONSTRUCCIONES S.R.L. con
domicilio en Pasaje Córdoba N° 534 de la ciudad de
Trelew, Provincia del Chubut, por presunta infracción
al artículo 30º de la Ley XI Nº 35 por haber iniciado las
obras relativas a los proyectos de plantas de trata-
miento y clasificación de Residuos Sólidos Urbanos en
las localidades de Tecka, José de San Martín, Río Pico y
Gobernador Costa, sin la correspondiente aprobación
ambiental.-
Artículo 2º.- A los efectos de lo dispuesto en
el artículo anterior, fíjase el perentorio plazo de
CINCO (5) días hábiles contados a partir de notifi-
cada la presente, para que la empresa ACUARIO
CONSTRUCCIONES S.R.L. presente descargo,
ofrezca la prueba que estime haga a su derecho y
constituya domicilio en la ciudad de Rawson, auto-
rizándolo a tomar vista de las actuaciones, bajo
apercibimiento de tener por presunta la veracidad
de los hechos imputados.-
Artículo 3º.- Desígnase instructora sumariante
a la Dra. Gabriela Alejandrina Andrade D.N.I. N°
22.525.964 quien deberá llevar adelante el presente
sumario administrativo, de acuerdo a los artículos 4,
13, 14, 15, 16, 17 y 18 del Decreto Nº 1282/08.-

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