Disposiciones Sintetizadas, Subsecretaría de Gestión Presupuestaria, Año 2007 Disp. Nº 53

Fecha de publicación11 Octubre 2007
Tipo de documentoDISPOSICIONES SINTETIZADAS
Número de Gaceta1200
SecciónSección Oficial
Jueves 11 de Octubre de 2007
BOLETIN OFICIAL
PAGINA 16
Anexo I de la Ley 24.051 en el REGISTRO PROVINCIAL
DE GENERADORES Y OPERADORES DE SUSTANCIAS
PELIGROSAS, a partir de la fecha del presente.-
Artículo 2º.- El vehículo y los conductores autoriza-
dos por la presente, para el transporte de Residuos
Peligrosos se detallan en el Anexo I, que forma parte
integrante de la presente Disposición, y que deberá ser
portada por el conductor del vehículo.-
Artículo 3º.- La Empresa deberá comunicar en for-
ma inmediata a éste Ministerio toda vez que se produz-
ca un hecho que pueda generar daño al ambiente.-
Artículo 4º.- El transportista de Residuos Peligro-
sos deberá llevar un Libro de Registro rubricado y
foliado, donde consten cronológicamente la totalidad
de las operaciones de carga y descarga realizadas,
incluyendo generador, cantidades y destino,
concordantes con los manifiestos de transporte.-
Artículo 5º.- El vencimiento de la presente opera
el día 31 de Agosto del 2008.-
ANEXO I
VEHÍCULOS
CONDUCTORES
1º- Elio Andrés OSCAREZ - Autorización Provisoria,
por el Organismo de Control - C. N. R. T. -, a conducir
hasta la fecha 24 de Septiembre de 2007. - CARGAS
GENERALES Y MERCANCIAS PELIGROSAS.
2º- Juan Pablo ACHIMON - CNRT Licencia Nº
27.020.038 MERCANCIAS PELIGROSAS.
SUBSECRETARIA DE GESTION
PRESUPUESTARIA
Disp. Nº 53 04-10-07
Artículo 1º.- Apruébanse las modificaciones pre-
supuestarias Nº 1222 y 1224.
ORDENANZA
MUNICIPALIDAD DE GUALJAINA
Ordenanza N° 443/07
Gualjaina, Octubre de 2007
VISTO:
La Resolución tomada por el Tribunal Electoral Pro-
vincial de declarar nula la Mesa de Extranjeros de la
localidad de Gualjaina, por razones ajenas a los parti-
dos políticos que participaron en la elección del 16 de
septiembre del 2007, y
CONSIDERANDO:
Que los electores quisieron expresar con su dere-
cho a voto, la voluntad de participar en los comicios
referidos, de la elección de Intendente y Concejales.
Que dicha elección se desarrolló en un marco de
transparencia y normalidad durante todo el acto electo-
ral. Que el resultado de la misma afecta a la composi-
ción final del Honorable Concejo Deliberante de nuestra
localidad.
Que informado el Departamento Ejecutivo Municipal
de las anomalías presentadas en la mesa de extranje-
ros por la cual fue declarada nula la mesa de sufragios
en cuestión, intervino el apoderado del Partido
Justicialista – Frente para la Victoria Lista N° 2 y
subsidiariamente el Partido Proyección Vecinal del
Chubut (Provech), remitiéndose al Art. 116 del CEN don-
de un partido político puede pedir la elección comple-
mentaria de una o más mesas declaradas nulas dentro
de los tres días de haber sido declarada la nulidad de la
misma y habiendo presentado dicha solicitad en tiempo
y forma.
Que en razón de la urgencia de los plazos elec-
torales, ya que el 10 de diciembre del 2007 se pro-
cederá a la renovación de autoridades, se estima
conveniente convocar a la elección complementa-
ria con la mayor brevedad, y siendo que el día 28
de octubre del 2007 se llevarán a cabo los comicios
nacionales, se considera pertinente utilizar la mis-
ma fecha para la realización de la elección de las
categorías municipales en la mesa de extranjeros
en la localidad de Gualjaina, para lo cual se solicitó
la autorización pertinente a las autoridades electo-
rales competentes.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Localidad
de Gualjaina en uso de las facultades que le confiere la
Ley Provincial N° 3098, sanciona la presente:
ORDENANZA:
Artículo 1°.- Convocase a Elecciones complemen-
tarias de la Mesa de Extranjeros en la Localidad de
Gualjaina, para el día 28 de Octubre del año 2007 en el
horario de 08:00 a 18:00.
Artículo 2°.- Dispóngase que la elección se efectúe
con el padrón utilizado el 16 de septiembre del 2007.
Artículo 3°.- Dispóngase utilizar las boletas
oficializadas por el Tribunal Electoral Provincial, pudien-
do llevar las mismas un sello conteniendo la leyenda:
(Elecciones Complementarias del 28 de Octubre de
2007), a efectos de evitar cualquier tipo de error o
confusión de parte de los electores extranjeros, siendo
dispuesto que el acto electoral se realizará en instala-
ciones del Juzgado de Paz de la localidad.
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese y cumplido
Archívese.

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