Disposiciones Sintetizadas, Subsecretaría de Gestión Presupuestaria, Año 2007 Disp. Nº 53
Fecha de publicación | 11 Octubre 2007 |
Tipo de documento | DISPOSICIONES SINTETIZADAS |
Número de Gaceta | 1200 |
Sección | Sección Oficial |
Jueves 11 de Octubre de 2007
BOLETIN OFICIAL
PAGINA 16
Anexo I de la Ley 24.051 en el REGISTRO PROVINCIAL
DE GENERADORES Y OPERADORES DE SUSTANCIAS
PELIGROSAS, a partir de la fecha del presente.-
Artículo 2º.- El vehículo y los conductores autoriza-
dos por la presente, para el transporte de Residuos
Peligrosos se detallan en el Anexo I, que forma parte
integrante de la presente Disposición, y que deberá ser
portada por el conductor del vehículo.-
Artículo 3º.- La Empresa deberá comunicar en for-
ma inmediata a éste Ministerio toda vez que se produz-
ca un hecho que pueda generar daño al ambiente.-
Artículo 4º.- El transportista de Residuos Peligro-
sos deberá llevar un Libro de Registro rubricado y
foliado, donde consten cronológicamente la totalidad
de las operaciones de carga y descarga realizadas,
incluyendo generador, cantidades y destino,
concordantes con los manifiestos de transporte.-
Artículo 5º.- El vencimiento de la presente opera
el día 31 de Agosto del 2008.-
ANEXO I
VEHÍCULOS
CONDUCTORES
1º- Elio Andrés OSCAREZ - Autorización Provisoria,
por el Organismo de Control - C. N. R. T. -, a conducir
hasta la fecha 24 de Septiembre de 2007. - CARGAS
GENERALES Y MERCANCIAS PELIGROSAS.
2º- Juan Pablo ACHIMON - CNRT Licencia Nº
27.020.038 MERCANCIAS PELIGROSAS.
SUBSECRETARIA DE GESTION
PRESUPUESTARIA
Disp. Nº 53 04-10-07
Artículo 1º.- Apruébanse las modificaciones pre-
supuestarias Nº 1222 y 1224.
ORDENANZA
MUNICIPALIDAD DE GUALJAINA
Ordenanza N° 443/07
Gualjaina, Octubre de 2007
VISTO:
La Resolución tomada por el Tribunal Electoral Pro-
vincial de declarar nula la Mesa de Extranjeros de la
localidad de Gualjaina, por razones ajenas a los parti-
dos políticos que participaron en la elección del 16 de
septiembre del 2007, y
CONSIDERANDO:
Que los electores quisieron expresar con su dere-
cho a voto, la voluntad de participar en los comicios
referidos, de la elección de Intendente y Concejales.
Que dicha elección se desarrolló en un marco de
transparencia y normalidad durante todo el acto electo-
ral. Que el resultado de la misma afecta a la composi-
ción final del Honorable Concejo Deliberante de nuestra
localidad.
Que informado el Departamento Ejecutivo Municipal
de las anomalías presentadas en la mesa de extranje-
ros por la cual fue declarada nula la mesa de sufragios
en cuestión, intervino el apoderado del Partido
Justicialista – Frente para la Victoria Lista N° 2 y
subsidiariamente el Partido Proyección Vecinal del
Chubut (Provech), remitiéndose al Art. 116 del CEN don-
de un partido político puede pedir la elección comple-
mentaria de una o más mesas declaradas nulas dentro
de los tres días de haber sido declarada la nulidad de la
misma y habiendo presentado dicha solicitad en tiempo
y forma.
Que en razón de la urgencia de los plazos elec-
torales, ya que el 10 de diciembre del 2007 se pro-
cederá a la renovación de autoridades, se estima
conveniente convocar a la elección complementa-
ria con la mayor brevedad, y siendo que el día 28
de octubre del 2007 se llevarán a cabo los comicios
nacionales, se considera pertinente utilizar la mis-
ma fecha para la realización de la elección de las
categorías municipales en la mesa de extranjeros
en la localidad de Gualjaina, para lo cual se solicitó
la autorización pertinente a las autoridades electo-
rales competentes.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de la Localidad
de Gualjaina en uso de las facultades que le confiere la
Ley Provincial N° 3098, sanciona la presente:
ORDENANZA:
Artículo 1°.- Convocase a Elecciones complemen-
tarias de la Mesa de Extranjeros en la Localidad de
Gualjaina, para el día 28 de Octubre del año 2007 en el
horario de 08:00 a 18:00.
Artículo 2°.- Dispóngase que la elección se efectúe
con el padrón utilizado el 16 de septiembre del 2007.
Artículo 3°.- Dispóngase utilizar las boletas
oficializadas por el Tribunal Electoral Provincial, pudien-
do llevar las mismas un sello conteniendo la leyenda:
(Elecciones Complementarias del 28 de Octubre de
2007), a efectos de evitar cualquier tipo de error o
confusión de parte de los electores extranjeros, siendo
dispuesto que el acto electoral se realizará en instala-
ciones del Juzgado de Paz de la localidad.
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese y cumplido
Archívese.
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