Disposiciones Sintetizadas, Subsecretaría de Gestión Ambiental y Desarrollo Sustentable, Año 2019 Disp. N° 06 a 08, 13 y 15

Fecha de publicación05 Febrero 2019
SecciónSección Oficial
Número de Gaceta13103
BOLETIN OFICIAL PAGINA 23
Martes 5 de Febrero de 2019
DISPOSICIONES SINTETIZADAS
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN AMBIENTAL Y
DESARROLLO SUSTENTABLE
Disp. N° 06 15-01-19
Artículo 1º.- Instrúyase Sumario Administrativo al
Sr. Pastor Ricardo ROMERO, en su carácter de propie-
tario de la Planta Procesadora de Piedra Caliza, Baritina
y Arena Silícea denominada «La Porfía» , ubicada en
Chacra 342, Parque Industrial de la localidad de Dolavon,
Provincia del Chubut, por la presunta infracción al Artí-
culo 30º de la Ley XI Nº 35 «Código Ambiental de la
Provincia del Chubut» y su Decreto Reglamentario Nº
185/09, modificado por Decreto Nº 1003/16, por no ha-
ber cumplimentado con el procedimiento de Evaluación
de Impacto Ambiental, de acuerdo a los hechos y fun-
damentos descriptos en los considerandos de la pre-
sente Disposición.-
Artículo 2º.- A los efectos de lo dispuesto en el artí-
culo anterior, fijase el perentorio plazo de SIETE (7) días
hábiles contados a partir de notificada la presente, para
que el Sr. Pastor Ricardo ROMERO, presente descargo,
ofrezca la prueba que estime haga a su derecho, auto-
rizándolos a tomar vista de las actuaciones, sin necesi-
dad de previa petición por escrito, bajo apercibimiento
de tener por presunta la veracidad de los hechos impu-
tados en los considerandos de la presente.-
Artículo 3º.- Desígnase instructora sumariante a la
agente Patricia Leonor ALVAREZ, Documento Nacional
de Identidad Nº 14.757.347, quien deberá llevar ade-
lante el presente sumario administrativo, de acuerdo a
los Artículos 4º, 13º, 14º, 15º, 16º, 17º y 18º del Decre-
to Nº 1282/08.-
Disp. N° 07 15-01-19
Artículo 1º.- APROBAR la Descripción Ambiental del
Proyecto denominado: «Aserradero Portátil El Tigre»,
presentado por el Señor Oscar Argentino RUIZ, DNI Nº
10.027.796, en su carácter de responsable legal y téc-
nico del proyecto ubicado en el Ejido 09, Circunscrip-
ción 03, Sector 01, Chacra 08, Parcela 05, en la locali-
dad de Cholila, Departamento de Cushamen, Provincia
del Chubut.-
Artículo 2º.- La presente Disposición de aproba-
ción no exime al titular del proyecto de solicitar las au-
torizaciones que sean pertinentes para ejecutar el mis-
mo.-
Artículo 3º.- El Señor Oscar Argentino RUIZ, DNI Nº
10.027.796, será responsable de:
a) Prestar especial atención en el manejo de los
residuos que se generen en el sitio de aserrío, acopiado
y disponiéndolos de manera adecuada.
b) Cumplir con las medidas de mitigación para los
impactos ambientales adversos de la actividad.
c) Adjuntar la Disposición de Aprobación de la Sub-
secretaría de Bosques y Parques.
Artículo 4º.- La presente Disposición tendrá vigen-
cia a partir de la fecha y por un lapso de TREINTA Y
SEIS (36) meses, pasado dicho período de tiempo sin
ejecutarse la obra y en caso de querer continuar con el
mismo, se deberá presentar una Descripción Ambiental
del Proyecto, de manera actualizada.-
Artículo 5º.- El incumplimiento de los artículos ante-
riores significará la suspensión inmediata de los efec-
tos de la presente Disposición de Aprobación, sin per-
juicio de las sanciones que pudieran corresponder.-
Disp. N° 08 15-01-19
Artículo 1º.- APRUÉBESE el Informe Ambiental del
Proyecto denominado: «Renovación Ramal Trelew- Puer-
to Madryn (10 Km.), Provincia del Chubut» presentado
por la empresa CAMUZZI GAS DEL SUR S.A. en su
carácter de responsable legal y técnica del proyecto
ubicado según las siguientes coordenadas geográfi-
cas: 42° 58’ 48,25" S - 65°8’ 44,70" O (inicio); 42° 54’
15,42" S - 65° 4’ 45,22" O (final) y 42° 48’ 44,82" S - 65°
1’ 37,99" O (válvula de bloqueo) en el Departamento
Rawson, Provincia del Chubut.-
Artículo 2º.- La presente Disposición de aproba-
ción no exime al titular del proyecto de solicitar las auto-
rizaciones que sean pertinentes para ejecutar el mis-
mo.-
Artículo 3º.- La empresa CAMUZZI GAS DEL SUR
S.A., deberá:
a) Prestar especial atención en el manejo de los
residuos que se generen en la obra, acopiando y dispo-
niéndolos de manera adecuada. En caso de utilizar sus-
tancias peligrosas, deberán indicar tipo, cantidad y si-
tios de acopio.
b) Cumplir con las medidas de mitigación para los
impactos ambientales adversos de la obra.
c) Deberá tener especial cuidado durante las obras
con la dirección de los vientos, de manera de no afectar
la visibilidad sobre la ruta Nacional N° 3, con material
particulado.
d) Cumplimentar con las normas de seguridad
radiológica de la Autoridad Regulatoria Nuclear durante
las tareas de gammagrafiado.
Artículo 4º.- La presente Disposición tendrá vigen-
cia a partir de la fecha y por un lapso de TREINTA Y
SEIS (36) meses, pasado dicho período de tiempo
sin ejecutarse la obra y en caso de querer continuar
con el proyecto, se deberá presentar un nuevo docu-
mento ambiental, de manera actualizada.-
Artículo 5º.- El incumplimiento de los artículos ante-
riores significará la suspensión inmediata de los efec-
tos de la presente Disposición de Aprobación, sin per-
juicio de las sanciones que pudieran corresponder.-
Disp. N° 13 24-01-19
Artículo 1º.- Aprobar la ADDENDA al Informe Am-
biental del Proyecto denominado: «Manufactura de Tejos
para la Fabricación de Envases de Aluminio por Extrusión
por Impacto», consistente en la instalación de un se-
gundo horno de recocido, presentado por empresa EXAL
ARGENTINA S.A. en carácter de responsable legal y
técnica del proyecto ubicado en la Fracción 55, Sector
2, Circunscripción 2 del Ejido 28 de la ciudad de Puerto
Madryn, Departamento Biedma, Provincia del Chubut.-
Artículo 2º.- La empresa EXAL ARGENTINA S.A.,
será responsable de:

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