Disposiciones Sintetizadas, Dirección de Flora y Fauna Silvestre, Año 2018 Disp. N° 04, 11 a 13

Fecha de publicación27 Septiembre 2018
SecciónSección Oficial
Número de Gaceta13017
BOLETIN OFICIAL PAGINA 11
Jueves 27 de Septiembre de 2018
lización de alguna de estas actualizaciones como míni-
mo una cada DOS (2) años en copias certificadas y/o
legalizadas.-
Artículo 3°.- la empresa ESTUDIOS Y SERVICIOS
AMBIENTALES S.R.L. (CUIT N° 30-70822204-2), deberá
confeccionar los documentos ambientales que presen-
te bajo su exclusiva responsabilidad y en función de las
incumbencias profesionales determinadas para cada uno
de los títulos universitarios de los profesionales que
integran el grupo de trabajo, de acuerdo a las catego-
rías en las que fue inscripto, debiendo acompañar copia
de las mismas en cada presentación.-
ANEXO I
«PROFESIONALES DEL GRUPO DE TRABAJO»
Categorías:
«Consultoría Ambiental»,
«Expertos Ambientales de la Industria Petrolera»,
«Actividad Minera - minerales de primera y segunda
categoría»,
«Actividad Minera - minerales de tercera categoría»,
1. Licenciado en Ciencias Geológicas: Fernando
VALDOVINO, DNI N° 16.206.305, en calidad de Respon-
sable Técnico.-
2. Licenciada en Ciencias Ambientales: Roció Jezabel
ALMEIDA, DNI N° 32.220.242.-
3. Licenciado en Diagnostico y Gestión Ambiental:
Andrés Alexis IRIBE, DNI N° 30.461.106.-
4. Licenciada en Protección y Saneamiento Ambien-
tal: Gabriela Vanesa GUTIERREZ, DNI N° 33.384.038.-
5. Ingeniera Ambiental: Tamara Emilia AGUILAR
CANIUMIL, DNI N° 34.144.684.-
DIRECCIÓN DE FAUNA Y FLORA SILVESTRE
Disp. Nº 04 10-09-18
Artículo 1º.- Imponer al Sr. OJEDA Juan Marcelo (DNI
Nº: 37.765.012) con domicilio en Bº Máximo Abasolo
calle Timoteo Ortego Nº 4.656 de la ciudad de Comodoro
Rivadavia, Provincia de Chubut, una multa de PESOS
CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE ($
5.899,00), en concepto de sanción por haber
transgredido el artículo 11º de la Ley XI Nº 10º y al
artículo 8º inc. 5) y por aplicación del Artículo 15º inc. d)
del Decreto Reglamentario N° 868/90.-
Artículo 2º.- Imponer al Sr. GONZÁLEZ WILLIAMS
Renato (DNI Nº: 31.486.770) con domicilio en Bº 30 de
Octubre, calle Juan de Dios Trevisan S/N de la ciudad de
Comodoro Rivadavia, Provincia de Chubut, una multa de
PESOS CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE
($ 5.899,00), en concepto de sanción por haber
transgredido el artículo 11º de la Ley XI Nº 10º y al
artículo 8º inc. 5) y por aplicación del Artículo 15º inc. d)
del Decreto Reglamentario N° 868/90.-
Artículo 3º.- Imponer al Sr. GALLARDO Gonzalo
Gabriel (DNI Nº: 36.709.979) con domicilio en Bº San
Cayetano, calle Arigoni Nº 1.690 de la ciudad de
Comodoro Rivadavia, Provincia de Chubut, una multa
de PESOS CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUE-
VE ($ 5.899,00), en concepto de sanción por haber
transgredido el artículo 11º de la Ley XI Nº 10º y al
artículo 8º inc. 4) y por aplicación del Artículo 15º inc.
d) del Decreto Reglamentario N° 868/90.-
Artículo 4º.- El pago de la multa aplicada deberá ha-
cerse efectivo, dentro de los cinco (5) días hábiles pos-
teriores a la notificación de la presente, en la cuenta de la
Dirección General de Rentas Nº 200612/1 Organismo «T»
(Dirección de Fauna y Flora Silvestre) del Banco de Chubut
S.A. Período 2018 Expte. Nº 000582/18 MP.-
Artículo 5º.- Los infractores podrán, previo pago de
la multa y dentro del plazo de cinco (05) días hábiles
interponer recurso de apelación contra la presente Dis-
posición. Asimismo podrán interponer recurso de
reconsideración ante la Dirección de Fauna y Flora.-Sil-
vestre siempre que haya cumplimentado lo establecido
en el artículo 17º del Decreto Reglamentario Nº 868/90.-
Disp. Nº 11 17-09-18
Artículo 1°.- RECTIFÍQUESE el Artículo 4° de la Dis-
posición N° 08/18 DFyFS el cual quedará redactado de
la siguiente manera: «Artículo 4°: Autorizar al Director
del proyecto y a su equipo de trabajo (Anexo I) a reali-
zar las mencionadas tareas de investigación en el Golfo
San José, Área Natural protegida Península Valdes».-
Artículo 2°.- Se deberá dejar nota marginal de la
presente en la Disposición rectificada.-
Disp. Nº 12 19-09-18
Artículo 1º.- Imponer al Sr. SANTIBAÑEZ Félix Da-
niel (DNI Nº: 28.236.461) con domicilio en calle Vachina
Nº 115 de la ciudad de Rawson, Provincia de Chubut
una multa de PESOS OCHO MIL CUATROCIENTOS DIE-
CINUEVE CON VEINTE CENTAVOS ($ 8.419,20) en con-
cepto de sanción por haber transgredido el artículo 8º
inc. 6) del Decreto Reglamentario N° 868/90.-
Artículo 2º.- El pago de la multa aplicada deberá ha-
cerse efectivo, dentro de los cinco (5) días hábiles pos-
teriores a la notificación de la presente, en la cuenta de la
Dirección General de Rentas Nº 200612/1 Organismo «T»
(Dirección de Fauna y Flora Silvestre) del Banco del Chubut
S.A. Período 2018, Expte. Nº 000925/18 MP.-
Artículo 3º.- El infractor podrá, previo pago de la mul-
ta y dentro del plazo de cinco (05) días hábiles interponer
recurso de apelación contra la presente Disposición.
Asimismo podrán interponer recurso de reconsideración
ante la Dirección de Fauna y Flora.-Silvestre siempre que
haya cumplimentado lo establecido en el artículo 17º del
Decreto Reglamentario Nº 868/90.-
Disp. Nº 13 19-09-18
Artículo 1º.- Imponer al Sr. MUÑOZ Ángel Maximiliano
(DNI Nº: 34.633.411), con domicilio en la calle Rivadavia
Nº 530, de la ciudad de Sarmiento, Provincia de Chubut
una multa de PESOS TRES MIL CIENTO CINCUENTA Y
SIETE CON VEINTE CENTAVOS ($ 3.157,20), por haber
transgredido el Artículo 7º inc. b) y por aplicación del
Artículo 15º inc f) del Decreto Reglamentario Nº 868/90.-
Artículo 2º.- Imponer al Sr. MORENO Martín (DNI Nº:

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