Disposición Técnico Registral Nº 07/08 de 28 de Marzo de 2008

La Plata, 28 de marzo de 2008.

VISTO: La Ley Nº 10.295 (T.O. Dec. 1.375/98 y sus modificatorias); y

CONSIDERANDO:

Que el pago de la tasa de servicios registrales se efectúa en la actualidad a través de las máquinas timbradoras habilitadas al efecto por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, tanto en la sede de este Registro de la Propiedad como en otros sitios previamente determinados,

Que en esta instancia, la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad ha merituado la conveniencia de implementar una nueva forma de percepción de las tasas, mediante la impresión de una oblea autoadhesiva con código de barras, emitida por las cajas timbradoras del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, que brindará una mayor seguridad al permitir, mediante un sistema informático, la asociación de los timbrados con el documento ingresado a este Registro y el control en cuanto a su autenticidad y monto correspondiente,

Que evaluado el mismo se decide adoptar la implementación de dicho sistema de asociación y control de timbrados, en una primera etapa en esta sede central,

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD, DISPONE:

Artículo 1º

A partir del día 31 de marzo de 2008 la percepción de las tasas de servicios registrales que se efectúe en las ventanillas habilitadas al efecto en la sede de este Registro de la Propiedad, se realizará mediante la impresión de una oblea autoadhesiva con código de barras, emitida por las cajas timbradoras del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, que será...

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