Disposicion 200/2008 - Sspmedr

Fecha de publicación17 Junio 2008
Fecha de disposición17 Junio 2008
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31427

Convócase a Llamado a Concurso Público para la presentación de proyectos en el marco del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, para las empresas manufactureras, transformadoras de productos industriales, prestadoras de servicios industriales, agropecuarias y del sector de la construcción. Monto total del llamado.

Bs. As., 12/6/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0187155/2008 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, lo dispuesto en la Ley Nº 25.300 y en los Decretos Nros. 1074 de fecha 24 de agosto de 2001, 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y sus modificatorios, 632 de fecha 14 de junio de 2005, 279 de fecha 26 de marzo de 2007 y 400 de fecha 23 de abril de 2007, y CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y sus modificatorios, aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Centralizada del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, por el cual se transfirió la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL como Subsecretaría a la órbita de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA de dicho Ministerio, asignándole a la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION las áreas de competencia que le asistían a la entonces SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION.

Que la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL dependiente de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION es la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 25.300 en virtud de lo dispuesto por el Artículo 55 de la citada ley y por el Decreto Nº 25/03 y sus modificatorios.

Que el Título II de la Ley Nº 25.300 creó el Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro,

Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME), cuyo objeto es realizar aportes de capital y brindar financiamiento a mediano y largo plazo para inversiones productivas destinadas a las empresas y formas asociativas comprendidas en el Artículo 1º de la misma.

Que el Artículo 2º del Decreto Nº 1074 de fecha 24 de agosto de 2001 determinó que los proyectos susceptibles de recibir aportes del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro,

Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME) serán aquellos presentados por las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas existentes, o a ser creadas en el marco de dichos proyectos, o por formas asociativas constituidas exclusivamente por éstas.

Que dichos proyectos deberán tener por objeto la realización de inversiones que creen o amplíen su capacidad productiva o introduzcan nuevos productos o procesos de producción que mejoren en forma comprobable la competitividad de dichas empresas.

Que el Artículo 5º de la Ley Nº 25.300 establece no sólo que la elegibilidad de las inversiones a financiar con recursos del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME) estará a cargo de un Comité de Inversiones, cuyos miembros serán designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, sino que determina también que la selección y aprobación de proyectos deberá efectuarse mediante concursos públicos.

Que el mencionado Comité de Inversiones fue reglamentado por el Decreto Nº 1074/01, el cual estableció su integración, funciones y atribuciones.

Que por los Decretos Nros. 632 de fecha 14 de junio de 2005, 279 de fecha 26 de marzo de 2007 y 400 de fecha 23 de abril de 2007 se designaron los integrantes del Comité de Inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME).

Que el Artículo 14, inciso b) del Decreto Nº 1074/01 faculta al Comité de Inversiones a efectuar Llamados a Concurso Público para la presentación de proyectos estableciendo los cupos globales y por jurisdicción, según las disposiciones de dicho decreto.

Que el Comité de Inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME), estima oportuno y conveniente realizar un Llamado a Concurso Público para la presentación de proyectos destinados a apoyar inversiones de las Pequeñas y Medianas Empresas manufactureras, transformadoras de productos industriales, prestadoras de servicios industriales, agropecuarias y del sector de la construcción, orientados a incrementar la capacidad y/o eficiencia en los procesos vinculados con la generación de valor de la empresa, mediante la financiación por parte del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME).

Que en consecuencia, resulta necesario y oportuno definir las bases y condiciones de un nuevo Llamado a Concurso Público para la presentación de proyectos.

Que, según refleja el Acta Nº 281, correspondiente a la reunión celebrada el día 9 de mayo de 2008, el Comité de Inversiones del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME), resolvió que el Llamado a Concurso Público para la presentación de proyectos se efectuará mediante DOS (2) convocatorias, considerándose apropiado fijar como fechas de cierres, los días 30 de junio de 2008 y 31 de julio de 2008 respectivamente.

Que los miembros del citado Comité en la mencionada acta autorizan a su Presidente, el señor Subsecretario de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional para que, de ser necesario analice y apruebe ajustes formales que se generen de observaciones jurídicas o de esencia.

Que el Comité aludido encomendó a su Presidente, el señor Subsecretario de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional, el dictado de las disposiciones reglamentarias que sean pertinentes.

Que los Anexos: I 'Bases y Condiciones para el Llamado a Concurso Público de Proyectos Fonapyme Empresarial' y II 'Formulario Presentación Idea Proyecto', establecen los criterios y mecanismos para seleccionar proyectos de inversión que se presentan en el marco del presente Llamado a Concurso Público para la presentación de proyectos del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME), lo que requiere un conocimiento general.

Que los Anexos: III 'Informe de la Agencia de Desarrollo Productivo' y IV 'Listado de Agencias de Desarrollo Productivo', importan información que puede ser requerida de la Página WEB de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL www.sepyme.gov.ar.

Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 9º del Decreto Nº 1074/01 y en concordancia con el Decreto Nº 25/03 y sus modificatorios, la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL deberá establecer un mecanismo de asignación predeterminada de cupos para la financiación de proyectos entre las Provincias y la Nº 31.427 25Martes 17 de junio de 2008

  1. Innovaciones de procesos, productos/servicios destinados a satisfacer demandas insatisfechas en los diferentes mercados.

    Beneficiarios ARTICULO 2º.

    Podrán recibir financiamiento del Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME) las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de acuerdo a los parámetros establecidos en la Resolución Nº 24 de fecha 26 de abril de 2001 de la ex SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA y en la Disposición Nº 147 de fecha 23 de octubre de 2006 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, cuyo nivel máximo de las ventas totales anuales, excluido el Impuesto al Valor Agregado y el impuesto interno que pudiera corresponder, expresado en PESOS ($), sea inferior o igual a PESOS VEINTE MILLONES ($ 20.000.000).

    Se entenderá por valor de las ventas totales anuales, el valor que surja del promedio de los últimos TRES (3) años a partir del último balance inclusive o información contable equivalente adecuadamente documentada. En los casos de empresas cuya antigüedad sea menor que la requerida para el cálculo establecido en el párrafo anterior, se considerará el promedio proporcional de ventas anuales verificado desde su puesta en marcha.

    La presente Convocatoria se encuentra destinada a empresas que se incluyen dentro de alguno de los siguientes sectores:

  2. Empresas manufactureras y transformadoras de productos industriales.

  3. Empresas prestadoras de servicios industriales.

  4. Empresas agropecuarias.

  5. Empresas del sector construcción.

    Se excluirán de esta Convocatoria todas aquellas empresas pertenecientes al sector Comercio, de acuerdo a la clasificación establecida en la Disposición Nº 147/06 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.

ARTICULO 3º

Quedarán excluidas del Concurso las empresas, que habiendo resultado beneficiarias de programas de estímulo financiero otorgados por el Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME), no hayan finalizado su relación contractual con este organismo al día de la presentación del proyecto.

Del mismo modo, no serán considerados los proyectos presentados por empresas que se encuentren vinculadas o controladas por Sociedades o Grupos económicos nacionales o extranjeros que en su conjunto no sean Pequeñas y Medianas Empresas (PyMES). Además, quedarán excluidas las empresas que se encuentren en proceso concursal o de quiebra.

Condiciones de financiamiento ARTICULO 4º.

El Fondo Nacional de Desarrollo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FONAPYME) podrá financiar como máximo hasta el SETENTA POR CIENTO (70 %) del costo total del proyecto. El monto a financiar podrá ser como mínimo la...

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