Disposicion 343/2007 - Sspmedr

Fecha de disposición05 Septiembre 2007
Fecha de publicación05 Septiembre 2007
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31232

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.

Que la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL es competente para el dictado de la presente medida, en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 24.467, el Artículo 55 de la Ley Nº 25.300 y el Decreto Nº 25/03 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL DISPONE:

Artículo 1º

Emítese la orden de pago por un total de PESOS DOSCIENTOS SEIS MIL TRESCIENTOS CUATRO CON CUARENTA Y UN CENTAVOS ($ 206.304,41.-) en concepto de pago de bonificación a los créditos otorgados por utilización de los cupos colocados, cuyo beneficiario es el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICAARGENTINA, debiendo éste realizar las acreditaciones en las cuentas corrientes de los distintos bancos operadores de las líneas de financiamiento del Régimen de Bonificación de Tasas, según surge de la hoja que, como Anexo forma parte integrante de la presente disposición.

Art. 2º

Apruébase el Anexo que, con UNA (1) hoja forma parte integrante de la presente medida.

Art. 3º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente disposición será imputado a la Jurisdicción 91 OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, Programa 94, Actividad 1, Inciso 5, Partida Principal 1, Parcial 9, Subparcial 2020, Fuente de Financiamiento 11.

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

-- Matías S. Kulfas.

ANEXO CAPITAL DE TRABAJO ENTIDADES FINANCIERAS TOTALES BANCO SANTANDER RIO S.A. $ 12.863,42.BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO $ 19.822,75.BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES $11.685,23.BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A. $ 2.040,19.NUEVO BANCO SUQUIA S.A. $ 23.555,76.HSBC BANK ARGENTINA S.A. $ 6.302,32.BANCO PROVINCIA DEL NEUQUEN S.A. $11.900,43.BANCO PATAGONIA S.A. $ 20.311,13

BANCO REGIONAL DE CUYO S.A. $ 440,78.BANCO DE SAN JUAN S.A. $ 1.422,54.BBVA BANCO FRANCES S.A. $ 42.590,35.BANCO MACRO S.A. $ 12.276,36.HEXAGON BANK S.A. $ 623,71.BANCO MUNICIPAL DE ROSARIO $ 649,61.NUEVO BANCO BISEL S.A. $ 19.229,14.BANCO DE LA PAMPA S.E.M. $ 16.457,26.BANCO DEL TUCUMAN S.A. $ 4.133,42.TOTAL $ 206.304,41. Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS Disposición 343/2007

Emisión de órdenes de pago en concepto de bonificación a los créditos otorgados por utilización de cupos colocados, cuyo beneficiario es el Banco Central de la República Argentina.

Bs. As., 3/9/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0246857/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION es la Autoridad de Aplicación de los Títulos I y II de la Ley Nº 24.467, modificada por la Ley Nº 25.300, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 25 de fecha 27 de mayo de 2003 y sus modificatorios.

Que el Decreto Nº 159 de fecha 24 de febrero de 2005 aprobó el Reglamento del Régimen de Bonificación de Tasas.

DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha concluido que tras analizar la información presentada relativa al Fideicomiso referenciado, no existe objeción alguna en cuanto a los aportes o bienes a fideicomitir, como así también respecto del contrato de Fideicomiso celebrado por las partes, toda vez que ambos extremos guardan estricta observancia respecto de lo establecido en el Artículo 46 de la Ley Nº 24.467 y su modificatoria Nº 25.300, el Artículo 9º del Decreto Nº 1076 de fecha 24 de agosto de 2001 y el Artículo 12 de la Disposición Nº 290 de fecha 20 de julio de 2007 de la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARIADE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIAY PRODUCCION motivo por el cual el texto del contrato y la operatoria que el mismo representa no posee objeciones que realizar.

Que con el objeto de procurar una adecuada supervisión del sistema y de los fondos que lo integran, como así también de los beneficios impositivos que el mismo otorga, resulta oportuno y conveniente conocer el monto, fecha de integración, especie y depositario de los aportes en cuestión, toda vez que los mismos serán destinados a sustentar las garantías que en el marco del sistema se otorguen.

Que en consecuencia la SUBSECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL en su calidad de Autoridad de Aplicación del Sistema de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR