Disposicion 127/2007 -sspmedr

Fecha de disposición11 Abril 2007
Fecha de publicación11 Abril 2007
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31132

en ese orden facultó a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a determinar los Beneficiarios del REGIMEN DE FOMENTO DE LA PROFESIONALIZACION DEL TRANSPORTE DE CARGAS (REFOP) con posterioridad al plazo dispuesto por el mencionado decreto, las acreencias que los mismos percibirán, las condiciones para acceder y mantener las referidas acreencias, y el procedimiento para el pago, disposición de fondos y su fiscalización.

Que como consecuencia de lo señalado en los considerandos anteriores se ha dispuesto la continuidad de la vigencia del REGIMEN DE FOMENTO DE LA PROFESIONALIZACION DELTRANSPORTE DE CARGAS (REFOP) por el plazo de vigencia de la Ley Nº 26.028, con los criterios de distribución dispuestos por el Decreto Nº 564/2005 hasta el 31 de diciembre de 2007.

Que con fecha 24 de junio de 2005 fue dictada la Resolución Nº 435 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS mediante la cual se determinaron los beneficiarios, las acreencias, las condiciones de acceso y mantenimiento de las mismas.

Que el Artículo 6º de la Resolución Nº 435/ 2005 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE instruyó a la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICAY SERVICIOS a fijar el cronograma al que se ajustarán las solicitudes de los períodos mensuales comprendidos en la resolución mencionada, iniciando con aquellos de mayor antigüedad.

Que así, fueron dictadas sucesivamente las Disposiciones Nros. 3 de fecha 20 de julio de 2005, 6 del 14 de octubre de 2005 y 9 de fecha 19 de diciembre de 2005, todas ellas de la SUBSECRETARIADE TRANSPORTEAUTOMOTOR de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a través de las cuales se fijó el cronograma desde el 1º de julio de 2004 hasta el día 31 de diciembre de 2005 y se adecuaron los modelos de nota así como los formularios de inclusión en el REGIMEN DE FOMENTO DE PROFESIONALIZACION DEL TRANSPORTE (REFOP).

Que, a su vez, mediante la Disposición Nº 4 del 29 de junio de 2006 de la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR se estableció el cronograma para las solicitudes de reintegro referidas a los meses devengados desde el 1º de enero de 2006 hasta el 31 de mayo del mismo año y se aprobaron nuevos modelos de Nota de solicitud de inclusión en el REGIMEN DE FOMENTO DE LA PROFESIONALIZACION DEL TRANSPORTE (REFOP), de formularios para la inscripción y solicitud de reintegro así como para el procedimiento de confección y presentación.

Que, posteriormente, fue dictada la Disposición Nº 6 de fecha 24 de agosto de 2006 de la SUBSECRETARIADE TRANSPORTEAUTOMOTOR con el objeto de fijar el cronograma de las solicitudes de reintegro de los períodos mensuales devengados o a devengarse en el año 2006 que no hubieran sido contempladas por la Disposición Nº 4/2006 de la SUBSECRETARIADE TRANSPORTEAUTOMOTOR, esto es: los meses de junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2006, introduciendo modificaciones a los requerimientos fijados a través de la norma ut supra mencionada.

Que a fin de continuar con el REGIMEN DE FOMENTO DE LA PROFESIONALIZACION DEL TRANSPORTE DE CARGAS (REFOP) y con lo dispuesto en el Artículo 6º de la Resolución Nº 435/2005 de la SECRETARIADE...

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