Disposicion 8/2007 -ssi

Fecha de disposición11 Mayo 2007
Fecha de publicación11 Mayo 2007
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31153

Que en virtud de ello resulta conveniente autorizar al señor Secretario de Seguridad Interior a disponer de los efectivos necesarios con el fin de garantizar las tareas de custodia electoral requerida.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 1066 y Nº 1067 del 20 de agosto de 2004.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR RESUELVE:

Artículo 1º

Autorizar al señor Secretario de Seguridad Interior a disponer FUERZAS DE SEGURIDAD FEDERALES para la custodia de las elecciones de la CiudadAutónoma de BuenosAires, que se realizarán el día 3 de junio de 2007 y de la eventual segunda vuelta el día 24 de junio de 2007.

Art. 2º

El señor Secretario de Seguridad Interior designará a un Oficial Superior como Comandante de las mismas quien se pondrá a disposición de la Autoridad Electoral correspondiente con el fin de garantizar las tareas de custodia de las mismas.

Art. 3º

Las FUERZAS DE SEGURIDAD FEDERALES designadas tendrán a su cargo las funciones de coordinación y ejecución referentes a DISPOSICIONES las medidas de seguridad que establece la legislación electoral aplicable, como así también las destinadas a facilitar la observancia de las demás disposiciones legales vinculadas con el acto comicial y, en particular, la vigilancia de los locales donde funcionen las mesas receptoras de votos y, la custodia de las urnas así como la documentación durante su transporte y hasta la finalización del escrutinio definitivo.

Art. 4º

Las FUERZAS DE SEGURIDAD FEDERALES designadas con sus efectivos, asegurarán la normalidad del acto, de acuerdo con las disposiciones legales y actuará, desde CINCO (5) días antes y hasta SIETE (7) días después de celebrado el acto, y requerirá del gobierno local la máxima colaboración.

Art. 5º

Considérense como actos de servicio las distintas misiones que, en cumplimiento de lo dispuesto por la presente Resolución, sean encomendadas a las FUERZAS DE SEGURIDAD FEDERALES, subordinadas a la custodia de dicho comicio y que se designen al efecto.

Art. 6º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución deberá ser atendido con cargo al Gobierno de la Nº 31.153 7Viernes 11 de mayo de 2007.

ANEXO I REGIMEN DE INCENTIVO A LA COMPETIVIDAD DE LAS AUTOPARTES LOCALES Declaración Jurada de Compras alcanzadas por el Decreto Nº 774/05

Nombre o Razón Social de la empresa solicitante:

CUIT Nº:

Resolución que...

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