Disposicion Sintetizada, Subsecretaría de Regulación y Control Ambiental, Año 2014 Disp. Nº 35

Fecha de publicación06 Febrero 2015
Tipo de documentoDISPOSICION SINTETIZADA
Número de Gaceta12134
SecciónSección Oficial
BOLETIN OFICIAL PAGINA 11
Viernes 6 de Febrero de 2015
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Res. Nº 08 22-01-15
Artículo 1º.- Extender a favor del contribuyen-
te Radio Victoria Fueguina SA, inscripto en el Im-
puesto sobre los Ingresos Brutos – Convenio
Multilateral bajo el Nº 923-913646-7 CUIT Nº 30-
58481198-2, con domicilio en Combate de Montevi-
deo Nº 755, de la Ciudad de Río Grande, Provincia
de Tierra del Fuego, por el término de ciento ochenta
(180) días corridos contados a partir del día 26 de
enero de 2015, las Constancias de No Retención y
No Percepción del Impuesto sobre los Ingresos
Brutos para la Jurisdicción Chubut.-
I: 06-02-15 V: 12-02-15
Res. Nº 22 22-01-15
Artículo 1º.- Dar de baja al Agente de Percepción
en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos LOGÍSTICA
LA SERENÍSIMA A.A. - CUIT Nº 30-70721038-5 - Nº
Inscripción 901-43507-4, a partir del primer (01) día
hábil del mes de marzo de 2015.-
I: 06-02-15 V: 12-02-15
FISCALÍA DE ESTADO
Res. N° VI-02 26-01-15
Artículo 1°.- Limitar la Licencia sin Goce de Ha-
beres - Artículo 57° - Apartado 2 – Anexo I del
Decreto N° 2005/91, a la Abogada VILTES, Valeria
Lorena (M.I. N° 25.058.497 - Clase 1976) a cargo
de la Dirección de Procuración y Trámites Adminis-
trativos - Área Capital Federal - Agrupamiento Per-
sonal Jerárquico - Clase I Categoría 18, depen-
diente de la Fiscalía de Estado, a partir del 07 de
octubre de 2014.
RESOLUCION CONJUNTA
MINISTRO DE ECONOMIA Y CRÉDITO
PÚBLICO Y MINISTRO COORDINADOR
DE GABINETE
Res. Conj. N° III-10 y V-10 26-01-15
Artículo 1°.- Prorrogar la asignación de funciones
en la Dirección General de Rentas del Ministerio de
Economía y Crédito Público a la agente LLENDEROSA
ABRAHAM, María (M.1. N° 31.020.156 - Clase 1984)
cargo Oficial Administrativo - Código 3-002 - Clase 11-
Planta Permanente dependiente de la Subsecretaría
Unidad Gobernador del Ministerio de Coordinación de
Gabinete, a partir del 01 de enero de 2015 y hasta el31
de diciembre de 2015, inclusive.-
Artículo 2°.- Al término del periodo mencionado pre-
cedentemente la agente deberá ser absorbida por la
Dirección General de Rentas del Ministerio de Economía
y Crédito Público, caso contrario se dará por concluida
la asignación de funciones.-
Artículo 3°.- La Dirección General de Rentas de-
pendiente del Ministerio de Economía y Crédito Pú-
blico, deberá remitir un informe mensual a la Unidad
Gobernador del Ministerio de Coordinación de Ga-
binete, en relación al cumplimiento de la normativa
vigente en materia de presentismo por parte de la
agente citada, a los efectos de la respectiva liqui-
dación de haberes.-
DISPOSICIÓN SINTETIZADA
SUBSECRETARIA DE REGULACION Y CONTROL
AMBIENTAL
Disp. Nº 35 09-06-14
Artículo 1º.- SUSTITÚYASE el Anexo I de la
Disposición N° 013/11-SRyCA, por el Anexo I,
que forma parte integral de la presente Dispo-
sición.-
Artículo 2º.- Los vehículos y los conductores auto-
rizados para el transporte de residuos Petroleros que
se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante de
la presente Disposición, y que deberá ser portada por el
conductor del vehículo.
Artículo 3°.- La empresa SERPEI SRL como Trans-
portista de Residuos Petroleros deberá llevar un Libro
de Registro rubricado y foliado, donde consten
cronológicamente la totalidad de las operaciones de
carga y descarga realizadas, incluyendo: fecha, gene-
rador, caracterización de los residuos, cantidades, cho-
fer, dominio de vehículo, manifiesto de transporte, ope-
rador y observaciones.
Artículo 4°.- La empresa deberá comunicar en for-
ma inmediata a este Ministerio, dentro de las veinticua-
tro (24) horas, toda vez que se produzca un hecho que
pueda generar daño al ambiente.
Artículo 5°.- La empresa será responsable de man-
tener actualizada toda la documentación referente a
vehículos y conductores por ante la Dirección General
Comarca Senguer San Jorge como así también, deberá
presentar la correspondiente hoja de ruta toda vez que
se contraten sus servicios.
Artículo 6°.- La empresa deberá actualizar de ma-
nera anual la Declaración Jurada prevista en el Anexo II
del Decreto Nº 1456/11, actualizar la información y/o
documentación presentada oportunamente y abonar la
Tasa Retributiva de Servicios conforme la Ley Tributaria
vigente.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR