Disposicion Sintetizada, Subsecretaría de Regulación y Control Ambiental, Año 2014 Disp. Nº 35
Fecha de publicación | 06 Febrero 2015 |
Tipo de documento | DISPOSICION SINTETIZADA |
Número de Gaceta | 12134 |
Sección | Sección Oficial |
BOLETIN OFICIAL PAGINA 11
Viernes 6 de Febrero de 2015
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Res. Nº 08 22-01-15
Artículo 1º.- Extender a favor del contribuyen-
te Radio Victoria Fueguina SA, inscripto en el Im-
puesto sobre los Ingresos Brutos – Convenio
Multilateral bajo el Nº 923-913646-7 CUIT Nº 30-
58481198-2, con domicilio en Combate de Montevi-
deo Nº 755, de la Ciudad de Río Grande, Provincia
de Tierra del Fuego, por el término de ciento ochenta
(180) días corridos contados a partir del día 26 de
enero de 2015, las Constancias de No Retención y
No Percepción del Impuesto sobre los Ingresos
Brutos para la Jurisdicción Chubut.-
I: 06-02-15 V: 12-02-15
Res. Nº 22 22-01-15
Artículo 1º.- Dar de baja al Agente de Percepción
en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos LOGÍSTICA
LA SERENÍSIMA A.A. - CUIT Nº 30-70721038-5 - Nº
Inscripción 901-43507-4, a partir del primer (01) día
hábil del mes de marzo de 2015.-
I: 06-02-15 V: 12-02-15
FISCALÍA DE ESTADO
Res. N° VI-02 26-01-15
Artículo 1°.- Limitar la Licencia sin Goce de Ha-
beres - Artículo 57° - Apartado 2 – Anexo I del
Decreto N° 2005/91, a la Abogada VILTES, Valeria
Lorena (M.I. N° 25.058.497 - Clase 1976) a cargo
de la Dirección de Procuración y Trámites Adminis-
trativos - Área Capital Federal - Agrupamiento Per-
sonal Jerárquico - Clase I Categoría 18, depen-
diente de la Fiscalía de Estado, a partir del 07 de
octubre de 2014.
RESOLUCION CONJUNTA
MINISTRO DE ECONOMIA Y CRÉDITO
PÚBLICO Y MINISTRO COORDINADOR
DE GABINETE
Res. Conj. N° III-10 y V-10 26-01-15
Artículo 1°.- Prorrogar la asignación de funciones
en la Dirección General de Rentas del Ministerio de
Economía y Crédito Público a la agente LLENDEROSA
ABRAHAM, María (M.1. N° 31.020.156 - Clase 1984)
cargo Oficial Administrativo - Código 3-002 - Clase 11-
Planta Permanente dependiente de la Subsecretaría
Unidad Gobernador del Ministerio de Coordinación de
Gabinete, a partir del 01 de enero de 2015 y hasta el31
de diciembre de 2015, inclusive.-
Artículo 2°.- Al término del periodo mencionado pre-
cedentemente la agente deberá ser absorbida por la
Dirección General de Rentas del Ministerio de Economía
y Crédito Público, caso contrario se dará por concluida
la asignación de funciones.-
Artículo 3°.- La Dirección General de Rentas de-
pendiente del Ministerio de Economía y Crédito Pú-
blico, deberá remitir un informe mensual a la Unidad
Gobernador del Ministerio de Coordinación de Ga-
binete, en relación al cumplimiento de la normativa
vigente en materia de presentismo por parte de la
agente citada, a los efectos de la respectiva liqui-
dación de haberes.-
DISPOSICIÓN SINTETIZADA
SUBSECRETARIA DE REGULACION Y CONTROL
AMBIENTAL
Disp. Nº 35 09-06-14
Artículo 1º.- SUSTITÚYASE el Anexo I de la
Disposición N° 013/11-SRyCA, por el Anexo I,
que forma parte integral de la presente Dispo-
sición.-
Artículo 2º.- Los vehículos y los conductores auto-
rizados para el transporte de residuos Petroleros que
se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante de
la presente Disposición, y que deberá ser portada por el
conductor del vehículo.
Artículo 3°.- La empresa SERPEI SRL como Trans-
portista de Residuos Petroleros deberá llevar un Libro
de Registro rubricado y foliado, donde consten
cronológicamente la totalidad de las operaciones de
carga y descarga realizadas, incluyendo: fecha, gene-
rador, caracterización de los residuos, cantidades, cho-
fer, dominio de vehículo, manifiesto de transporte, ope-
rador y observaciones.
Artículo 4°.- La empresa deberá comunicar en for-
ma inmediata a este Ministerio, dentro de las veinticua-
tro (24) horas, toda vez que se produzca un hecho que
pueda generar daño al ambiente.
Artículo 5°.- La empresa será responsable de man-
tener actualizada toda la documentación referente a
vehículos y conductores por ante la Dirección General
Comarca Senguer San Jorge como así también, deberá
presentar la correspondiente hoja de ruta toda vez que
se contraten sus servicios.
Artículo 6°.- La empresa deberá actualizar de ma-
nera anual la Declaración Jurada prevista en el Anexo II
del Decreto Nº 1456/11, actualizar la información y/o
documentación presentada oportunamente y abonar la
Tasa Retributiva de Servicios conforme la Ley Tributaria
vigente.
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