Disposición - Simple N° 95 - DGRYGIEG/2023, 21/04/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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DISPOSICIÓN N.º 95/DGRYGIEG/23
Buenos Aires, 14 de abril de 2023
VISTO: Las Leyes N° 2.095 (texto consolidado en Ley N° 6.588) y N° 6.292 (texto
consolidado en Ley N ° 6.588); el Decreto N° 463/GCABA/19 y sus modificatorios, el
Decreto N° 74/GCABA/21, la Resolución N° 641-MHYDHGC/19, la Disposición 56-
DGRYGIEG/22 y el Expediente Electrónico Nº EX-2017- 08548093-
MGEYADGTALMHYDH, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente Electrónico mencionado en el Visto tramitó el Contrato de
Locación administrativa del inmueble sito en la Av. San Juan N° 2351/2353/2355, entre
Matheu y Pichincha, matrícula FR 8-2061, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 8,
Sección: 22, Manzana: 26, Parcela: 27, con destino al Servicio Social Zonal N° 3
dependiente de la Dirección General Servicios Sociales dependiente del Ministerio de
Desarrollo Humano y Hábitat;
Que mediante la Resolución N° 641-MHYDHGC/19 se aprobó el Contrato de Locación
Administrativa del inmueble en cuestión, por el término de treinta y seis (36) meses,
contados a partir del 1 de abril de 2019, finalizando el día 31 de marzo de 2022;
Que, mediante la Disposición 56-DGRYGIEG/22 se aprobó la prórroga de dicho
contrato, por el término de treinta y seis (36) meses, contados a partir del día 1 de abril
de 2022, venciendo por consiguiente el 31 de marzo de 2025;
Que en la cláusula tercera de la mencionada clausula adicional se acordó el valor del
canon locativo mensual para el primer año, periodo comprendido entre el 1 de abril de
2022 y el 31 de marzo de 2023, conviniendo que, para el segundo y tercer año, las
partes fijarán nuevos valores previa tasación del Banco Ciudad de Buenos Aires;
Que, a los fines de acordar el canon locativo a abonarse para el segundo año de
vigencia de la prórroga período comprendido entre el 01 de abril de 2023 y el 31 de
marzo de 2024 -, y de conformidad con lo previsto por el Decreto Nº 74-GCABA/21,
artículo 28 inc. 12º pto. f), que reglamenta la Ley 2.095 (texto consolidado en Ley N°
6.588), se requirió al Banco Ciudad de Buenos Aires la tasación pertinente, y se
consensuó el canon locativo total por el período mencionado en la suma de PESOS
TRES MILLONES NOVECIENTOS MIL ($3.900.000.-) pagaderos de la siguiente
forma: para el primer semestre - período comprendido entre el día 1 de abril de 2023
hasta el día 30 de septiembre de 2023 -, la suma de PESOS UN MILLON
OCHOCIENTOS MIL ($1.800.000.-) a abonarse en seis (6) cuotas mensuales, iguales
y consecutivas de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000.-) cada una, y para el
segundo semestre - periodo entre el 1 de octubre de 2023 hasta el día 31 de marzo de
2024 -, la suma de PESOS DOS MILLONES CIEN MIL ($2.100.000.-) a abonarse en
seis (6) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de PESOS TRESCIENTOS
CINCUENTA MIL ($ 350.000.-) cada una, debiendo el locatario requerir para tercer y
último año de vigencia de contrato la pertinente tasación al Banco Ciudad de Buenos
Aires a los efectos de fijar el nuevo canon locativo para dicho periodo;
Que se ha tomado el compromiso definitivo del gasto;
Que, a los fines de proceder a materializar el acuerdo arribado, resulta pertinente
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6605 - 21/04/2023

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