Disposición - Simple N° 909 - DGEPS/2023, 21/04/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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DISPOSICIÓN N.º 909/DGEPS/22
Buenos Aires, 7 de diciembre de 2022
VISTO: La Resolución N° 6/MMGC/15 y el EX Nº 45772741-GCABA-DGEPS-2022, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 6/MMGC/15, se aprobó el Procedimiento General de Registro
de Asistencia del Personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
comprendido en la Ley N° 471 y en la Ordenanza N° 41.455;
Que en el artículo 6° del anexo I de dicha Resolución, se estableció que en los casos
de agentes que por razones de servicios desempeñan tareas fuera de su
dependencia, oficina o servicio, la Autoridad Superior de la repartición respectiva
deberá mediante dictado de Acto Administrativo, eximir de la obligación de firma la
planilla de registro de asistencia o registrarse en el Sistema Informático del Control de
Asistencia;
Que en virtud de lo expuesto en el artículo mencionado ut supra, la vigencia de la
eximición, en todos los casos, tendrá como fecha límite el 31 de diciembre del año en
el cual fue otorgada.
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por la Resolución N° 6/MMGC/15,
LA DIRECTORA GENERAL DE ECONOMÍA POPULAR Y SOCIAL
DISPONE:
Artículo 1°.- Exímase de firmar la Planilla de Registro de Asistencia o de registrarse en
el Sistema Informático de Control de Asistencia a los agentes María Florencia Dresco,
CUIL Nº 27-36170991-3; Victor Hugo Gramoni Ovejero, CUIL 20-17940281-6; Graciela
Gladys Garavano, CUIL 27-17856579-1; Olga Susana Paz, CUIL 27-20231949-7;
Claudia Noemí Ayala, CUIL 27-21964837-0; Anibal Gabriel Cisneros, CUIL 20-
21327988-3; Carlos Maria Tarruella Iñigo, CUIL 20-26906546-0 y Mara Soledad
Ruberto, CUIL 27-31877613-5, de la repartición a mi cargo, dependiente del Ministerio
de Desarrollo Humano y Hábitat, de conformidad con los Anexos IF-2022-45824768-
GCABA-DGEPS; IF-2022-45824896-GCABA-DGEPS; IF-2022-45824978-GCABA-
DGEPS; IF-2022-45825082-GCABA-DGEPS; IF-2022-45825194-GCABA-DGEPS; IF-
2022-45825250-GCABA-DGEPS; IF-2022-45825306-GCABA-DGE PS; IF-2022-
45830212-GCABA-DGEPS, que a todos sus efectos forman parte integrante de la
presente.
Artículo 2°. - Otórguese como período de vigencia de la eximición, a los agentes
mencionados en el Artículo 1°, desde el 02 de enero hasta el 29 de diciembre del año
2023.
Artículo 3°. - Regístrese, publíquese en el boletín oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General de Planificación y Control Operativo y a la
Dirección General Administración de Liquidación de Haberes ambas dependientes del
Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, Archívese. Villegas
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6605 - 21/04/2023

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