Disposición - Simple N° 8 - DGATE/2023, 30/08/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1983-2023. 40 Años de Democracia
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DISPOSICIÓN N.º 8/DGATE/23
Buenos Aires, 25 de agosto de 2023
VISTO: El Decreto Nº 491/18, las Resoluciones Nros. 97-MEFGC/19 y modificatorias,
447-MHFGC/23 y modificatoria 791-MHFGC/23, y 125-MGOBGC/23, la Disposición Nº
27-DGCG/19 y su modificatoria, el Expediente Electrónico N° 5713602-GCABA-
DGATE/23;
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 491/18 y sus normas reglamentarias, se aprobó el Régimen
para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que mediante la Resolución Nº 97-MEFGC/19, se aprobó la reglamentación del
mencionado Decreto;
Que por la Disposición N° 27-DGCG/19, se aprobaron los procedimientos para las
asignaciones en concepto de caja chica común, contemplándose el procedimiento
administrativo electrónico que deberá observarse para la tramitación de la Solicitud,
Rendición y Reposición de Caja Chica;
Que según el Anexo IV de la mencionada Disposición, el titular de la unidad de
organización receptora de los fondos aprobará los gastos mediante acto
administrativo;
Que mediante la Resolución N° 447-MHFGC/23 y modificatoria 791-MHFGC/23, se
determinó los montos de las cajas chicas comunes de las diversas jurisdicciones
reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como también
los valores topes por comprobante y la cantidad de reposiciones de fondos por
ejercicio;
Que por la Resolución N° 125-MGOBGC/23 se designaron los responsables de la
administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de caja chica común y
gastos de movilidad de la Dirección General de Articulación Territorial dependiente de
la Subsecretaría de Articulación y Fortalecimiento de Gestión del Ministerio de
Gobierno;
Que conforme las constancias del expediente, surge que se omitió realizar las
retenciones correspondientes de los comprobantes N° 6, 15, 17 y 21, atento a la
urgencia por parte de la repartición de efectuar dichos gastos;
Qué, asimismo, los mencionados gastos han sido efectuados en conformidad con las
previsiones del Decreto 491/18, y los montos máximos por comprobante que establece
la Resolución N° 447-MHFGC/23 y modificatoria 791-MHFGC/23;
Que el presente gasto cuenta con el correspondiente respaldo presupuestario;
Que corresponde dictar el acto administrativo que apruebe el gasto en cuestión.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 491/18, y sus normas
reglamentarias,
LA DIRECTORA GENERAL DE ARTICULACIÓN TERRITORIAL
DISPONE:
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6695 - 30/08/2023

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