Disposición - Simple N° 799 - DGIUR/2023, 11/05/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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DISPOSICIÓN N.º 799/DGIUR/23
Buenos Aires, 10 de abril de 2023
VISTO: La Ley Nº 6099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la
Disposición Nº 673/DGIUR/23, la Resolución Nº 63-SSREGIC-20 y el EX-2023-
07219019-GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados, mediante la Disposición Nº 673/DGIUR/23, se
autorizó, desde el punto de vista urbanístico la localización de los rubros y
descripciones del Cuadro de Usos 3.3: De la Categoría: 1. COMERCIAL 1.4. Comercio
minorista de productos de abasto y alimenticios. y los rubros 1.4.2. Local de venta de
golosinas envasadas, 1.4.3. Maxikiosco 1.4.4. Local de venta de productos
alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio). 1.5.
Alimentación en general y gastronomía 1.5.1. Patio gastronómico 1.5.2. Mercado
gastronómico. De la Categoría "2. DIVERSIONES PUBLICAS, CULTURA, CULTO Y
RECREACIÓN; 2.1. Local de representación 2.1.14. Salón de exposiciones 2.1.13.
Salón de conferencias, sala audiovisual; 2.2. Local de lectura 2.3. Local deportivo.
2.3.3. Gimnasio. 2.3.4. Cancha de tenis/ paddle/frontón con raqueta (squash). 2.3.5.
Cancha de mini-futbol y/o futbol cinco, futbol, básquet, hockey, volleyball, handball,
etc. 2.3.8. Natatorio. 2.4. Local de fiesta o diversión 2.4.1. Casa o local de fiestas
privadas infantiles. 2.4.2. Casa o local de fiestas privadas 2.4.4. Salón de Milonga.
2.4.5. Local de música, canto y variedades 2.4.7. Local de baile clase “C” I: hasta
1000m2. 2.4.8. Local de baile clase “C” II: más de 1000m2" 2.4.9 Local de baile clase
“C” actividades complementarias (20% de superficie total). De la Categoría 4.
ALOJAMIENTO 4.2. Alojamiento turístico hotelero 4.2.1. Apart hotel (Apart-residencial)
1 y 2 estrellas. 4.2.2. Apart hotel (Apart-residencial) 3 estrellas. 4.2.3. Hotel 1 y 2
estrellas. 4.2.4. Hotel 3 estrellas. 4.2.5. Hotel 4 y 5 estrellas. 4.2.6. Hotel Boutique. De
la Categoría 5. SANIDAD 5.2.4. Centro de Salud y Acción Comunitaria de la Red
Sanitaria de la Ciudad de Buenos Aires. De la Categoría 6. SERVICIOS 6.5.5. Policía
(Comisaria) 6.2.17. Oficina Comercial-Consultora para el predio sito en la Avenida
Costanera Rafael Obligado N° 2221 (Sector 4), cuyos datos catastrales son Sección
021, Manzana 171A, Parcela 002 (Objeto territorial t1), con una superficie a
concesionar de aproximadamente 48.000,00 m 2 (Cuarenta y ocho mil metros
cuadrados);
Que de la lectura del expediente, la Gerencia Operativa de Usos del Suelo
dependiente de esta Dirección General informó mediante IF-2023-13137042-GCABA-
DGIUR que ha advertido la comisión de un error involuntario en la Disposición Nº
673/DGIUR/23, sobre la Nomenclatura Catastral del inmueble en cuestión, toda vez
que donde cita Sección 021, Manzana 171A, Parcela 002 (Objeto territorial t1), debería
decir “cuyos datos catastrales son Sección 021, Manzana 171A” , por lo que
corresponde dejarla sin efecto y dictar nuevo acto administrativo que considere factible
la localización de usos conforme de informado en el precitado informe;
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6619 - 11/05/2023

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