Disposición - Simple N° 749 - DGIUR/2023, 08/05/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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DISPOSICIÓN N.º 749/DGIUR/23
Buenos Aires, 28 de marzo de 2023
VISTO: La Ley Nº 6099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la
Disposición Nº 723/DGIUR/23, la Resolución Nº 63-SSREGIC-20 y el EX-2023-
04672622-GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados, mediante la Disposición Nº 723/DGIUR/23, se
autorizó la localización de los Usos del Suelo en el inmueble sito en la calle Amenábar
1495 esq. Virrey Olaguer Feliu N° 2540/80 PB- y 2° PISO (Sección 035,
Manzana 145, Parcela 007), conforme los términos enunciados en el Anexo de
Autorización de Usos del Suelo que como Anexo I (IF N° 11892182/DGIUR/23) forma
parte integrante de la presente Disposición;
Que de la lectura del expediente, surge un error involuntario en la Disposición Nº
723/DGIUR/23, toda vez que se ha omitido el visado de obras de remodelación, por lo
que corresponde dejarla sin efecto y dictar nuevo acto administrativo que autorice la
localización de usos y factible el proyecto;
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta sobre el visado de
factibilidad de obras y localización de usos para el inmueble sito en la calle Amenabar
1495 (Nomenclatura catastral: Sección 037, Manzana 145, Parcela 007);
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
05556589/DGIUR/2023 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa Patrimonio
Arquitectónico y Urbano realiza análisis técnico del proyecto presentado y considera
factible el proyecto presentado, toda vez que las obras tienden a renovar la estética de
los espacios interiores atento el cambio de uso del inmueble;
Que las tareas cumplimentan con la normativa de aplicación, con las siguientes
observaciones: Se deberán conservar las calidades materiales y espaciales originales
y todos los elementos de valor patrimonial presentes en el inmueble como la escalera
principal de madera, boiserie, molduras, zócalos, vitraux, solados calcáreos y de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6616 - 08/05/2023

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