Disposición - Simple N° 7417 - DGDYPC/2022, 26/12/2022

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 7417/DGDYPC/22
Buenos Aires, 18 de noviembre de 2022
VISTO: El Expediente Electrónico N° 21729021-GCABA-DGDYPC-2022, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 17 y siguientes de la Ley N°
941, se iniciaron los presentes actuados ante la denuncia del Sr. Delbuono, Marcelo
Eduardo, DNI 13.824.478, contra Miranda, Raúl Marino, CUIT 20-12082731-7, por
presunta infracción a la Ley Ritual;
Que corrido traslado de las actuaciones al denunciado, con fecha 23 de junio de 2022
se promueve la instancia conciliatoria, la que concluye en dicha oportunidad sin que
las partes arribasen a una amigable composición;
Que por informe IF-2021-19980657-GCABA-DGDYPC, el Registro Público de
Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal puso en conocimiento que
Miranda, Raúl Marino, se encuentra inscripto bajo la matrícula N° 11361;
Que por providencia PV-2022-33906313-GCABA-DGDYPC, se le formula imputación
por presunta infracción a los artículos, 9 inciso f), 10 incisos e), g), h) e i) y 12 de la
Ley 941;
Que la misma fue notificada por Cédula N° 3280-DGDyPC-22, dirigida al domicilio
constituido por el sumariado ante el precitado Registro Público;
Que debidamente notificado, el imputado no presenta descargo;
Que no quedando diligencias pendientes de producción, pasaron los autos a resolver;
Que en este estado, corresponde emitir acto administrativo definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se le imputó al administrador la presunta
infracción al artículo 9 inciso f) de la Ley 941, cuyo texto reza: “Artículo 9º.-
Obligaciones del Administrador. En el ejercicio de sus funciones deben: ... Inciso f)
Conservar la documentación del consorcio y garantizar el libre acceso de los
consorcistas a la misma...”;
Que la precitada imputación al inciso f) tuvo lugar, por cuanto el denunciante habría
solicitado la puesta a disposición de cierta documentación perteneciente al consorcio
(Libros del consorcio, contrato de alquiler del local, resumen de la cuenta bancaria,
poderes presentados en Asamblea) mediante correo electrónico dirigido al
administrador en fecha 16/02/2022; sin que conste que la misma hubiera sido
exhibida;
Que continuando con el análisis de los hechos, se le endilgó la presunta infracción al
artículo 10 incisos e), g), h) e i) de la Ley 941, cuyo texto reza: “Artículo 10 - De las
liquidaciones de expensas - Las liquidaciones de expensas contendrán: ... Inciso e)
Detalle de los pagos por suministros, servicios y abonos a contratistas, indicando
nombre de la empresa, dirección, Nº de C.U.I.T o C.U.I.L., Nº de matrícula, trabajo
realizado, elementos provistos, importe total y en su caso, cantidad de cuotas y
número de cuota que se abona...inciso g) El recibo del administrador por el cobro de
sus honorarios, detallando Nº de C.U.I.T., número de inscripción en el Registro de
Administradores, consignando su situación fiscal, importe total y período al que
corresponde. Inciso h) En caso que existieran juicios por cobro de expensas o por
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6526 - 26/12/2022

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