Disposición - Simple N° 5934 - DGDYPC/2022, 05/12/2022

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
DISPOSICIÓN N.º 5934/DGDYPC/22
Buenos Aires, 19 de septiembre de 2022
VISTO: El Expediente Electrónico N° 10637907-GCABA-DGDYPC-2021, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 17 y siguientes de la Ley N°
941, se iniciaron los presentes actuados ante la denuncia de la Sra. Elba Selma
Tolosa, DNI 4.175.894, contra Graciela Mabel Fernández, CUIT 27-14945304-6, por
presunta infracción a la Ley Ritual;
Que corrido traslado de las actuaciones a la denunciada, con fecha 25 de junio de
2021 se promueve la instancia conciliatoria, la que concluye el día 14 de julio de 2021
sin que las partes arribasen a una amigable composición;
Que por informe IF-2022-06520789-GCABA-DGDYPC, el Registro Público de
Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal puso en conocimiento que
Graciela Mabel Fernández se encuentra inscripta bajo la matrícula N° 15402;
Que por providencia PV-2022-14507340-GCABA-DGDYPC se le formula imputación
por presunta infracción a los artículos, 9 incisos, f), h) y l) apartados e. y f. y 12 de la
Ley 941;
Que la misma fue notificada mediante correo electrónico dirigido a la casilla constituida
por la sumariada ante el precitado Registro Público y en la audiencia de conciliación
celebrada el día 25/06/2021, con fecha 20/04/2022;
Que debidamente notificada, la imputada presenta descargo, acompaña prueba
documental y ofrece la producción de prueba testimonial e informativa;
Que resuelto el ofrecimiento de prueba mediante las providencias PV-2022-20795536-
GCABA-DGDYPC (notificada por correo electrónico de fecha 09/06/2022) y PV-2022-
24280390-GCABA-DGDYPC (notificada por correo electrónico de fecha 05/07/2022) y
no quedando diligencias pendientes de producción, pasaron los autos a resolver;
Que en este estado, corresponde emitir acto administrativo definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se imputó a la administradora la presunta
infracción al artículo 9 incisos, f), h) y l) apartados e. y f. de la Ley 941, cuyo texto reza:
“Artículo 9º.- Obligaciones del Administrador. En el ejercicio de sus funciones deben:
... Inciso f) Conservar la documentación del consorcio y garantizar el libre acceso de
los consorcistas a la misma... Inciso h) Depositar los fondos del consorcio en una
cuenta bancaria a nombre del Consorcio de Propietarios. Para los consorcios que
soliciten la apertura de la cuenta en el Banco Ciudad de Buenos Aires, éste garantiza
como opción la gratuidad de dicha cuenta, la cual incluye el trámite de alta,
mantenimiento mensual, emisión de chequeras, transferencias bancarias y/o cualquier
otro cargo que corresponda a la ciudad.... Inciso l) Los recibos de pagos de expensas
deben ser numerados y contener los siguientes datos: ... e. Vencimiento, con su
interés respectivo. f. Datos del/a administrador/a, firma y aclaración, CUIT y número de
inscripción en el Registro...”;
Que la precitada imputación al inciso f) tuvo lugar, por cuanto se habría solicitado la
puesta a disposición de cierta documentación perteneciente al consorcio (liquidaciones
de expensas, recibos por honorarios y comprobantes de gastos) mediante el correo
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6514 - 05/12/2022

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR