Disposición - Simple N° 593 - DGIUR/2023, 26/04/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
DISPOSICIÓN N.º 593/DGIUR/23
Buenos Aires, 9 de marzo de 2023
VISTO: El Código Urbanístico aprobado por Ley N° 6.099 y sus modificatorias, el
Decreto N° 99/GCABA/19, la Disposición Nº 1076/DGIUR/22 y su rectificatoria la
Disposición Nº 2458/DGIUR/22 y el EX-2021-38644284-GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el visto se consulta la factibilidad de localización
de Usos “(502.458)-Fabricación de equipo médico y quirúrgico y aparatos
ortopédicos”, “(502.698)-Fabricación de instrumentos y aparatos de medir, verificar,
ensayar, navegar y otros fines, excepto el equipo de control de procesos industriales”,
y “(502.699)- Fabricación de equipos de control de procesos industriales” para el
inmueble sito en la calle Alfredo R. Bufano 2041/43/47/55;
Que por la Disposición Nº 1076/DGIUR/22 y su rectificatoria la Disposición Nº
2458/DGIUR/22, se autorizaron los Usos del Suelo solicitados conforme los términos
enunciados en el IF N° 18571426/DGIUR/22;
Que se ha advertido la comisión de un error material involuntario en el domicilio toda
vez que mediante IF N° 18571426/DGIUR/22, donde se cita la calle Alfredo R. Bufano
2041/43/45/47/55 planta baja y entrepiso, debería decir Alfredo R. Bufano
2041/43/47/55 planta baja y entrepiso, por lo que corresponde dejar sin efecto la
Disposición Nº 2458/DGIUR/22 y dictar nuevo acto administrativo;
Que mediante la Ley N° 6099 y sus modificatorias, se aprobó el Código Urbanístico de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
05171989/DGIUR/2022 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuna la intervención del Consejo de Plan Urbano Ambiental;
Que en relación, obra agregado el Dictamen (IF-2022- 14846098-GCABA-CAPUAM)
mediante el cual el Consejo de Plan Urbano estima oportuna acceder a la localización
del uso: “resultaría factible acceder a la localización de los usos: “(502.458)-
Fabricación de equipo médico y quirúrgico y aparatos ortopédicos”, “(502.698)-
Fabricación de instrumentos y aparatos de medir, verificar, ensayar, navegar y otros
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6608 - 26/04/2023

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR