Disposición - Simple N° 54 - DGPSE/2023, 31/07/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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DISPOSICIÓN N.º 54/DGPSE/23
Buenos Aires, 24 de julio de 2023
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.588); el Decreto N° 463-
GCABA/19 y sus modificatorios; la Resolución N° 998-MCGC/23; el Expediente
Electrónico N° 27750441-GCABA- DGPSE/23, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.588) se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando, en
su artículo 2°, al Ministerio de Cultura;
Que por el Decreto N° 463-GCABA/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General, fijando dentro de las
responsabilidades primarias de la Dirección General Planificación y Seguimiento la de
“planificar las políticas prioritarias de corto plazo y los lineamientos estratégicos
orientados a abordar los desafíos culturales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”
y la de “Coordinar la relación del Ministerio con actores públicos y privados del ámbito
cultural”, entre otras;
Que mediante la Resolución N° 998-MCGC/23, se aprobó la edición 2023 del
programa “Calles Culturales”, con el objetivo de fomentar la actividad cultural e
identidad barrial a través del apoyo a la realización de actividades en el espacio
público propuestas por espacios culturales independientes y otros actores culturales
afines de los distintos barrios de la Ciudad de Buenos Aires, en todas sus disciplinas
artísticas y/o culturales, para el fortalecimiento del trabajo de artistas, creadores y
gestores culturales independientes y de la identidad barrial, comunal y ciudadana;
Que, asimismo, mediante la mencionada norma se designó a la Dirección General de
Planificación y Seguimiento como la Autoridad de Aplicación del referido Programa,
estando facultada para instrumentar las convocatorias, eventos, actividades y demás
acciones enmarcadas en “Calles Culturales” que tiendan a la consecución de los
propósitos y objetivos del mismo dentro de sus alcances programáticos, adoptar las
medidas reglamentarias y operativas necesarias para su implementación, como así
también complementar y apoyar al programa a través de la realización de actividades
culturales durante el año 2023;
Que el Programa “Calles Culturales” propone poner en valor el ecosistema cultural de
los espacios, gestores culturales y afines independientes, y realizar acciones que
fortalezcan la construcción colectiva y participativa de la identidad cultural de distintos
barrios, a través de sus espacios y gestores culturales independientes, fomentando la
actividad cultural en todas sus disciplinas, dinamizando el ecosistema cultural, la
interacción entre vecinos y el uso del espacio público;
Que las diversas manifestaciones artísticas que se extienden a lo largo del territorio
nacional y local, atraviesan y conforman nuestra identidad cultural, por lo que reviste
una vital importancia el acceso pleno a dichas expresiones en sus múltiples formatos y
disciplinas, a fin de que tanto las y los vecinos y visitantes de nuestra Ciudad, como
las y los artistas que la integran, participen plenamente y aporten, mediante sus
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6672 - 31/07/2023

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