Disposición - Simple N° 5350 - DGDYPC/2022, 19/12/2022

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 5350/DGDYPC/21
Buenos Aires, 1 de noviembre de 2021
VISTO: El Expediente Electrónico N° 37509818-GCABA-DGDYPC-2019, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 17 y siguientes de la Ley N°
941, se iniciaron los presentes actuados ante la denuncia del Sr. MARCELO
CALZOLARI, DNI 4.427.294, contra ROMULO BONTA Y CIA S.R.L., CUIT 30-
53918918-9, por presunta infracción a la Ley Ritual;
Que por Informe IF-2020-08916630-GCABA-DGDYPC, el Registro Público de
Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal puso en conocimiento que
Romulo Bonta y Cia. S.R.L., se encuentra inscripta bajo la matrícula N° 2135;
Que por providencia PV-2020-09523072-GCABA-DGDYPC se le formula imputación
por presunta infracción a los artículos 9 inciso a) y 10 incisos c), e), h) e i) de la Ley
941;
Que notificada la imputación, la sumariada presenta descargo y acompaña prueba
documental;
Que no quedando diligencias pendientes de producción, pasaron los autos a resolver;
Que en este estado de las actuaciones, corresponde emitir acto administrativo
definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se imputó a la administración la presunta
infracción al artículo 9 inciso a) de la Ley 941, cuyo texto reza: “Artículo 9.-
Obligaciones del Administrador. En el ejercicio de sus funciones deben: a. Ejecutar las
decisiones adoptadas por la Asamblea de Propietarios conforme lo previsto por las
normas vigentes...”;
Que la precitada imputación tuvo lugar, toda vez que en la asamblea realizada el día 4
de diciembre de 2018, los copropietarios habrían decidido que “...La pintura de las
puertas del ascensor y la abertura intermedia será de color negro y será asumido por
el administrador...”, tarea que no se habría realizado conforme surgiría de la copia del
acta de asamblea de fecha 4/12/2018 y copia del correo electrónico de fecha
11/11/2019 enviado por la Sra. Graciela Lavecchia a la casilla proporcionada por la
administración en las liquidaciones obrantes en autos;
Que en oportunidad de ejercer su defensa, la sumariada adunó a estas actuaciones
copia del Acta de Asamblea de fecha 04/12/2018, extracto de las liquidaciones de
expensas correspondiente a los períodos 12/2018 y 01/2019 de las que se verifica el
trabajo realizado por “Rossi Pablo Hernan y Rossi Jonathan German” de “pintura de
las puertas de ascensor lado exterior y pintura de puerta cancel. Cambio de color con
esmalte sintético”, y factura emitida por dicho proveedor con fecha 17/12/2018;
Que teniendo en cuenta el descargo presentado, y analizada la documentación
obrante en estas actuaciones, se desprende que en la Asamblea de fecha 04/12/2018
se decidió pintar las puertas del ascensor y aberturas de color negro. Asimismo, de la
factura aportada por la sumariada, surge que el trabajo de cambio de color de pinturas
se llevó a cabo en el mes de diciembre de 2018;
Que por otra parte, de la lectura del correo electrónico remitido por la Sra. Graciela
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6522 - 19/12/2022

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