Disposición - Simple N° 451 - HGAIP/2023, 07/11/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1983-2023. 40 Años de Democracia
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DISPOSICIÓN N.º 451/HGAIP/23
Buenos Aires, 10 de octubre de 2023
VISTO: el Expediente electrónico N° 32272805/2022 por el cual se tramita la Licitación
Pública BAC Nº 427-1419-LPU23 en la que este Hospital, gestiona la Adquisición de
Equipos para Alimentación Enteral, con provisión de equipos en carácter de comodato,
con destino a la División Alimentación del Hospital Pirovano en el marco de lo
dispuesto por la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.588), el Decreto
Reglamentario N° 129/GCABA/AJG/2023, el Decreto Nº 222/AJG/2019, la Resolución
Nº 1802/MSGC- MHGC/08, la Resolución N° 424/MHGC/13, la Resolución N°
607/MHGC/13, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados se gestiona la permanencia de 35 (treinta y cinco)
bombas de infusión, marca Amika AR COD: ARBU-Z044142, con destino a la División
Alimentación del Hospital provistos por la firma Storing Insumos Medicos S.R.L.;
Que teniendo en cuenta los términos del Decreto 566/10 corresponde a este Hospital
autorizar la permanencia de los bienes recibidos en préstamo, efectuando la
respectiva comunicación patrimonial;
Que se encuentran adjuntas a la cotización las características y especificaciones
técnicas de los aparatos en cuestión, como así también certificación emitida por la
Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología (A.N.M.A.T.), la
constancia del trámite de empadronamiento ante el citado Organismo, como así
también la conformidad de presentación de un seguro técnico por robo, hurto,
incendio, responsabilidad civil de los aparatos de acuerdo a lo solicitado en el Pliego
de Bases y Condiciones Particulares;
Que corresponde autorizar el ingreso y la permanencia en el establecimiento
asistencial de los equipos de que se trata recibidos en préstamo sin cargo, por el
término de vigencia de la Orden de Compra que se emita en el marco de la Licitación
Pública BAC Nº 427-1419-LPU23 o hasta el consumo total de los insumos entregados
en cumplimiento de dicha Orden de Compra;
Que una vez operado el vencimiento del término precedentemente indicado, el
establecimiento asistencial respectivo deberá proceder al reintegro de los equipos a su
propietario, ello bajo debida constancia.
Por ello, y en un todo de acuerdo con las facultades conferidas por el Decreto 566/10,
EL DIRECTOR
DEL HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR. IGNACIO PIROVANO
EN SU CARACTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES
DISPONE
Artículo 1º- Autorízase la permanencia de 35 (treinta y cinco) bombas de infusión,
marca Amika AR COD: ARBU-Z044142, con destino a la División Alimentación del
Hospital provistos por la firma Storing Insumos Medicos S.R.L.; por el término de
vigencia de la Orden de Compra que se emita en el marco de la Licitación Pública
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6743 - 07/11/2023

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