Disposición - Simple N° 392 - SGA/2023, 19/12/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1983-2023. 40 Años de Democracia”
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DISPOSICIÓN N.° 392/SGA/23
Buenos Aires, 14 de diciembre de 2023
VISTO la Ley N° 1.903 y sus modificatorias; la Ley de Compras y Contrataciones N°
2.095 y sus modificatorias, su Reglamentación aprobada por Resolución N°
53/CCAMP/2015, y el Expediente DeCyC N° 345/23 y;
CONSIDERANDO:
I.-
Que mediante Disposición SGA N° 280/23, se aprobó el llamado a Licitación Pública
N° 20/23, con el objeto de concretar la adquisición de una solución de resguardo de la
información digital de este Ministerio Público de la Defensa, por un monto estimado de
DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETENTA Y CINCO MIL (USD 75.000),
estableciéndose como fecha de apertura de las ofertas el día 18 de octubre del
corriente;
II.-
Que, mediante Disposición SGA N° 298/23, se suspendió el llamado a Licitación
Pública N° 20/23, revocándose los arts. 1°, 2° y 3° de la Disposición SGA N° 280/23,
por los cuales se estableció el monto estimado de la Licitación Pública N° 20/23, se
aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones
Técnicas, y se fijó la fecha para llevar a cabo el acto de apertura de ofertas del referido
procedimiento de contratación, por los fundamentos expuestos en dicho acto
administrativo;
III.-
Que, ante el requerimiento efectuado por el Departamento de Compras y
Contrataciones, por correo electrónico de fecha 15 de noviembre del corriente, la
Dirección de Informática, Tecnología y Comunicaciones solicita se deje sin efecto el
llamado a Licitación Pública N° 20/23, para el año en curso;
IV.-
Que, conforme lo previsto por el art. 76 de la Ley de Compras y Contrataciones N°
2095 y sus modificatorias, el organismo “puede dejar sin efecto el procedimiento de
contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin por
ello dar lugar a indemnización alguna a favor de los interesados u oferentes”;
V.-
Que, asimismo conforme lo establecido en el art. 24 del Pliego Único de Bases y
Condiciones Generales, aprobado por Resolución CCAMP N° 53/2015, el Ministerio
Público se reserva el derecho de dejar sin efecto el procedimiento de contratación en
cualquier momento anterior al perfeccionamiento del contrato, sin que ello dé lugar a
indemnización alguna a favor de los interesado u oferentes;
VI.-
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6773 - 19/12/2023

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